Ley única de fondos
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Tras la aprobación de la ley de presupuesto, el Congreso Nacional, en particular la Comisión de Hacienda de la Cámara debiera reanudar la discusión del proyecto de ley sobre administración de fondos de terceros y carteras individuales, más conocido como Ley Única de Fondos.
En términos generales, esta iniciativa que crea un único cuerpo legal aplicable a la administración de fondos de terceros, moderniza el marco jurídico actual, brindándole a la industria la debida flexibilidad para poder ofrecer más y mejores productos y servicios, sin descuidar la necesaria protección de los inversionistas mediante el resguardo de los principios de competencia y transparencia.
Asimismo, en materia de gestión individual de recursos, el proyecto incorpora normas generales de tratamiento de conflictos de interés, tanto para administradoras como para otro tipo de entidades que ofrezcan estos productos.
La necesidad de reiniciar la tramitación de esta iniciativa y avanzar en su estudio y discusión responde a diferentes razones. En primer lugar, no existe una justificación clara respecto al desigual trato que la normativa actual da a los fondos mutuos, fondos de inversión, fondo de capital extranjero, fondos de capital extranjero de riesgo y fondos de ahorro para la vivienda.
Segundo, la propuesta contempla medidas como la aceleración en la constitución de los fondos, inversión en cuotas del mismo fondo y rebaja tributaria para los inversionistas internacionales, todas las cual contribuirán al dinamismo y promoción de este mercado.
Por último, debemos destacar que estas modificaciones han sido consensuadas por las distintas industrias del mercado de capitales y por los distintos gobiernos a través del tiempo.
Por todo lo anterior, parece necesario avanzar en esta iniciativa, la cual podría permitir a Chile transformarse en una plataforma de exportación de productos y servicios financieros a nivel internacional.