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Editorial

EL COSTO DIFERIDO DE UNA PROTECCIÓN POSTERGADA

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Publicado: Jueves 3 de septiembre de 2026 a las 04:00 hrs.

El gobierno ingresó un proyecto de ley que busca postergar en un año la entrada en vigor de la Ley de Protección de Datos Personales (Nº 21.719). La medida responde a un problema real —la ausencia de Consejo Directivo para la Agencia de Protección de Datos Personales tras el rechazo senatorial de la terna inicial—, pero lo resuelve aplazando la normativa completa. Esta decisión, aunque legítima en términos de gobernanza institucional, oculta un costo considerable.

La norma postergada adhiere al estándar al europeo —Reglamento General de Protección de Datos o RGPD— que ya posee casi una década de vigencia y una severa fiscalización que lo ha consolidado como un referente de alto nivel de protección de la privacidad y con vocación global.

Tanto así, que la propia Unión Europea es la que clasifica a los países como “adecuados” o “no adecuados”, según si adoptan un estándar similar en esta materia. Chile, con esta postergación, seguirá siendo un país “no adecuado” y, por tanto, corre el riesgo de ver reducida su competitividad como hub tecnológico y destino de datos de otros países en nuestros data centers.

La protección de los datos personales constituye un derecho constitucional y un estandar global de negocios en la era digital.

Por un año más, el país seguirá bajo la Ley Nº 19.628 de 1999, una normativa analógica y obsoleta para el contexto de inteligencias artificiales generativas, captación masiva automatizada de datos y sistemas predictivos comerciales. En lo inmediato, la prórroga beneficia al Estado atrasado en su proceso de adecuación, pero castiga a las empresas que ya invirtieron en su cumplimiento. En lo estructural, deja otro año desprotegida a la ciudadanía frente a filtraciones masivas de información sensible, imposibilitando el ejercicio real de derechos sobre datos personales. Asimismo, la postergación generará mayor incertidumbre al mantener las potestades del Servicio Nacional del Consumidor como fiscalizador en datos personales, la Comisión para el Mercado Financiero en la industria financiera, la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI) cuando existan incidentes que comprometan datos personales y los reguladores sectoriales siempre hábidos de ampliar sus potestades.

La postergación revela también un problema real para lograr los acuerdos políticos en el Senado para la designación de los consejeros que dirigirán la nueva Agencia de Protección de Datos Personales. Por ello, el proyecto del gobierno amplía de tres a cinco consejeros y repone el estricto régimen de dedicación exclusiva, prohibiendo a los consejeros ejercer cualquier otra actividad profesional o de asesoría privada mientras estén en el cargo.

Es de esperar que los acuerdos políticos privilegien capacidades por sobre lealtades políticas y terminen instalando a expertos multidisciplinarios que entiendan que la nueva economía sin datos no es viable y, por tanto, su vocación debe estar en orientar y regular, más que en perseguir y sancionar.

La protección de los datos personales constituye un derecho constitucional y un estandar global de negocios en la era digital, lo importante es que el tiempo adicional no disminuya el entusiasmo por adecuarse, sino que permita hacerlo con mayor profundidad en el entendido que una empresa que ordena la data que administra posee un activo valorizable económica y reputacionalmente.

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