Banco Central rechaza juicios de la Comisión Investigadora del caso La Polar
Recordó que en 2006 dictó en forma coordinada con la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras una normativa en la que reguló a los emisores de dichas tarjetas de crédito dado su uso generalizado como medio de pago.
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El Banco Central rechazó hoy las conclusiones a la que llegó la Comisión Investigadora del caso La Polar que advirtió de una falla en toda la cadena de supervisión del sistema financiero y acusó al emisor de dejar crecer un “mercado entre las sombras” por falencias en la regulación del sector retail para emitir tarjetas de crédito.
"El Banco Central no comparte el juicio que hace la Comisión de atribuirle responsabilidades por haber permitido, el surgimiento de 'un verdadero mercado financiero en las sombras'", dijo el emisor a través de un documento publicado en su página web que consta de 10 puntos.
En ese contexto, recordó que en 2006 dictó en forma coordinada con la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras una normativa en la que reguló a los emisores de dichas tarjetas de crédito dado su uso generalizado como medio de pago.
El emisor aseguró que actuó estrictamente dentro del ámbito de las funciones y atribuciones establecidas en la Ley Orgánica Constitucional que lo rige.
"La normativa se basó en su facultad de regular la emisión y operación de tarjetas de crédito siempre que el emisor de dichas tarjetas contraiga habitualmente obligaciones con comercios asociados por montos relevantes. El objetivo de esta regulación es el resguardo y protección del sistema de pagos, en especial, la capacidad de los emisores de tales tarjetas de cumplir sus obligaciones con los comercios asociados", expuso el Central.
En el punto siete del comunicado, el ente emisor dijo que la normativa dictada en2006 no regula ni restringe el crédito que otorga el emisor de las tarjetas o su casa matriz a sus clientes, "pues el Banco Central no tiene atribuciones para hacerlo".
"En nuestro ordenamiento jurídico el crédito otorgado por parte de las casas comerciales no tiene otra regulación que aquéllas de carácter general establecidas en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores y en la Ley sobre Operaciones de Crédito de Dinero", agregó el documento.
Según la autoridad monetaria, sus normativas contribuyeron a cuantificar y valorizar las operaciones de pago efectuadas a través de estas entidades, lo cual -según el Central- con anterioridad al año 2006 no estaba disponible.
"Por otra parte, y aún cuando la normativa puede ser revisada, siempre dentro de las atribuciones que la ley le otorga al Banco Central, esta ha contribuido a que el sistema de pagos funcione con normalidad. Se debe destacar que pese a la gravedad del caso La Polar, los pagos con tarjetas de créditos a comercios asociados no se vieron interrumpidos", dijo.
Por último, el documento dice que es inapropiada la expresión “mercado financiero en la sombra” mencionada en el Informe, "puesto que podría asociarse equivocadamente a la expresión “banca en la sombra”, referida al conjunto de intermediarios financieros que surgieron en Estados Unidos de América al margen de la supervisión y regulación, y que por su tamaño, complejidad e interconexiones con el resto del sistema fueron centrales en el colapso financiero de ese país en el año 2008".