Laboral & Personas

Trabajadores públicos definen estrategia para recuperar derecho de ir a la Justicia por despidos

Funcionarios estatales evalúan recurrir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en caso de que no se revierta el fallo del Tribunal Constitucional.

Por: Carolina León | Publicado: Miércoles 27 de febrero de 2019 a las 04:00 hrs.
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Diciembre de 2018 no fue un buen mes para los trabajadores del Estado. Ese mes, el Tribunal Constitucional (TC) emitió un fallo que dejó sin tutela laboral a los trabajadores públicos. ¿Qué significa esto? Que los empleados estatales no podrían recurrir a los tribunales de justicia por despidos arbitrarios, discriminación, violación a la libertad de expresión, entre otras causas, debido a que no se regulan bajo las reglas del Código del Trabajo.

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Para justamente revertir este pronunciamiento, el consejero de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Ramón Chanqueo, interpuso en enero un recurso de protección en representación de la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales (Asemuch) ante la Corte de Apelaciones. Sin embargo, dicha instancia judicial desestimó dar tramitación a la causa.

Pese a todo, el pasado 20 de febrero se volvió a encender una luz de esperanza para los trabajadores fiscales, pues la Corte Suprema sí admitió el citado recurso. Dado esto, ordenó a la Corte de Apelaciones iniciar la tramitación correspondiente.

La estrategia

En el recurso los funcionarios públicos piden dos cosas. La primera de ellas es dejar sin efecto la sentencia de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, dictada por el Tribunal Costitucional; y la segunda, es que se adopten todas aquellas medidas que se estimen pertinentes a fin de lograr el restablecimiento de la tutela laboral.

Sin embargo, la estrategia de los funcionarios públicos no se limita a eso. Según precisó el presidente de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), José Pérez, al interior de la Mesa del Sector Público se encuentran evaluando la alternativa de recurrir a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

“Desde que conocimos el fallo del Tribunal Constitucional, juntamos un equipo de abogados y abogadas para poder evaluar la posibilidad de recurrir a instancias internacionales. Esto es en caso de que esto no se revierta en la justicia acá en Chile, estamos en esas conversaciones. Estamos actuando bajo el amparo de la Mesa del Sector Público, la idea es que pueda ser elaborada una estrategia de recuperar este derecho que afortunadamente años anteriores la Corte Suprema ha señalado que nosotros deberíamos tener y mantener este derecho y acceso a la justicia laboral”, dijo Pérez, agregando que Ana Fullerton y Macarena García son algunas de las abogadas con las que han estado trabajando.

Según precisó un conocedor del tema, la decisión de recurrir a una institución internacional está ligada a lo que diga la Corte de Apelaciones respecto al caso, por lo que se esperará dicho pronunciamiento antes de concretar otras medidas.

¿Conflicto de competencias?

Para el abogado y director del grupo Laboral de Albagli Zaliasnik (AZ), Jorge Arredondo, si la justicia entrega un nuevo pronunciamiento, se podría generar un conflicto de competencias con el TC. “Eso no está regulado quién lo resuelve, porque el Senado resuelve conflictos de competencia entre autoridades políticas o administrativas y tribunales de justicia, pero un conflicto entre el TC y tribunales no está resuelto quién lo hace”, advirtió.

Desde que el TC entregó el polémico fallo, han ingresado al menos 26 causas de este tipo a la institución, por lo que la Mesa del Sector Público se encuentra monitoreando si la referida instancia mantendrá su postura en otros fallos.

Justicia impidió a firma extender beneficios

Afuera del Palacio de Tribunales, el sindicato de Magotteaux -antes Productos Chilenos de Acero Limitada- celebró ayer el pronunciamiento de la Corte de Apelaciones que impidió a la empresa extender los beneficios producto de la negociación colectiva a aquellos no sindicalizados.
"Ya no es posible sostener la licitud de la extensión de beneficios a terceros no integrantes del convenio colectivo cuya fuente sea la decisión unilateral del empleador, sin la aquiescencia del sindicato", sostuvo el tribunal. Al mismo tiempo, recalcó que dicha medida se debe lograr en acuerdo con el sindicato involucrado.
"Somos nosotros dueños de los beneficios que hemos conquistado históricamente a tráves del movimiento sindical", dijo Roberto Arraño, presidente del sindicato de Magotteaux.
Por su parte, el consejero nacional de la CUT, Jorge Murúa, dijo que "la Corte opina de una forma correcta del punto de vista de lo que es la defensa de la titularidad de los sindicatos en materia de extensión de beneficios".
En tanto, el director del área laboral en Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero DU & Uría, Jaime Salinas, señaló que "la tesis de la empresa, en este caso, fue que aplicaba la regla de la ultractividad (que los efectos de la extensión de beneficios tras el vencimiento del contrato colectivo subsisten al pasar a formar parte del contrato individual de trabajo) de la extensión de beneficios al vencimiento al contrato colectivo, circunstancia que no tiene asidero y ha sido así rechazado por la autoridad laboral en forma consistente".

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