Banca / Instituciones Financieras

Compro cupo en dólares: el negocio que crece por desempleo y tiene en alerta a la banca

En la banca lo definen como un negocio “al límite de lo legal”, pero ha tomado fuerza en el mercado, principalmente por el alza en ocupación.

Por: J. Catrón y D. Vizcarra | Publicado: Lunes 4 de julio de 2016 a las 04:00 hrs.
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Cada fin de semana, avisos económicos que promocionan “dinero inmediato, compro su cupo en dólares”, se convierten en el recuerdo constante de una “innovación” criolla que se ha convertido en el dolor de cabeza para los bancos.

Esto porque, según comentan fuentes del sector financiero, con una tasa de desempleo al alza, ya son miles las personas que, con las tarjetas de crédito ocupadas al límite, acceden ante esta tentadora oferta.

Su operación se realiza de dos formas: una, a través de sitios de compras por Internet, realizando un pago con el plástico a una cuenta determinada, tras lo cual aseguran que el dinero es depositado en la cuenta del cliente.

La otra, también haciendo uso de estas páginas web, aunque la operación se hace de manera presencial: en oficinas ubicadas -en su mayoría-, en edificios del centro de Santiago, donde el dinero es entregado en efectivo.

Y lo cierto es que esta opción, según define un ejecutivo bancario, lo único que hace es tirar un salvavidas que terminará ahogando más rápido a la persona, opina un abogado.

La razón está en que, por lo general, la “comisión” que cobra quien entrega ese dinero es de 30% del monto, a lo cual se suman los cargos que realiza el banco por el uso de dicho cupo, además de los seguros asociados y otros costos, que se traducen en que terminará pagando un interés de hasta 60%.

Es decir, si recibió $ 1 millón, deberá desembolsar $ 1,6 millones, y de una sola vez, ya que la modalidad de pago en cuotas no se aplica al cupo internacional.

¿Es legal? “Es totalmente legal… y conviene porque es muy rápido. No necesita tener plata en la cuenta y es más rápido que otros créditos. Súper rápido”, señaló un ejecutivo que trabaja en una de estas empresas en las que Diario Financiero cotizó por el servicio. Y está en lo cierto.

“Éste es el peor de los mundos”, confirma un gerente bancario, debido a que la industria se siente atada de manos. No hay un delito tipificado legalmente, y al cobrarse una comisión, y no un interés -con lo cual superarían la tasa máxima convencional-, la Superintendencia de Bancos tampoco puede actuar.

Territorio de nadie

Según comenta el economista y director de empresas, Alejandro Alarcón, no existe claridad respecto al tipo de regulación que aplica a este negocio, lo cual puede ser peligroso “ya que hemos visto este año varios casos de actividades no reguladas que terminan siendo muy perjudiciales”.

Por otro lado, un ejecutivo del sector financiero reconoce que ésta es una preocupación transversal en el mercado, ya que está afectando a clientes de todos los segmentos.

Y ante la imposibilidad de perseguir este negocio legalmente, lo que se está haciendo es alertar al Servicio de Impuestos Internos, ya que por el momento, es la única forma que han encontrado para frenar esta actividad.

Es más, ni siquiera se pueden cerrar los cupos en dólares ya entregados a un cliente y menos aún cerrar sus cuentas, ya que la ley de protección al consumidor no lo permite.

Por ello es que, hasta el momento, la solución que ha comenzado a ser estudiada es la de eliminar esta figura, para que las tarjetas tengan un cupo “único”.

Por otro lado, desde la banca señalan que la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento ha significado un problema adicional, al haber creado lo que se conoce como “quiebra de personas”.

Los requisitos para que una persona natural se acoja al procedimiento es que debe tener dos o más deudas vencidas por más de 90 días corridos, que provengan de obligaciones distintas, y que sumen en total más de 80 UF, es decir unos $ 2.080.000.

Cuando la persona accede al proceso de liquidación, lo que se hace es vender los bienes a su nombre para pagarle a los acreedores en la proporción que sea posible saldar de la deuda.

Una vez que el proceso legal culmina, todos los pasivos que fueron incluidos en el trámite y que figuran en Dicom son eliminados, quedando la persona sin información en ese registro.

 

Quiebras de personas

563 casos vigentes
Según cifras de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, desde octubre de 2014 hasta mayo de este año, el número de procedimientos concursales de liquidación de bienes de personas naturales ha crecido 53,2% a nivel nacional, contabilizándose hasta mayo pasado 324 procesos.


Por otro lado, mientras 46 casos ya han sido resueltos, aún quedan 563 vigentes.


Una vez que el procedimiento termina, y como ya las deudas de la persona se encuentran renegociadas o liquidadas; dependiendo del procedimiento al que se acoja, estos pasivos se eliminan de Dicom y de cualquier otro registro.


La misma ley establece la rehabilitación financiera del deudor eliminando cualquier antecedente de morosidad.

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