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Los ejes del nuevo sistema de financiamiento de las FFAA que puso fin a la Ley Reservada del Cobre

Se establece un sistema de financiamiento plurianual, transparente y con amplios controles civiles y democráticos que incluyen al Congreso y a la Contraloría.

Por: Rodolfo Carrasco. | Publicado: Martes 10 de septiembre de 2019 a las 11:08 hrs.
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El Presidente Sebastián Piñera, junto al ministro de Defensa, Alberto Espina, promulga la ley.
El Presidente Sebastián Piñera, junto al ministro de Defensa, Alberto Espina, promulga la ley.

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El Presidente, Sebastián Piñera, junto al ministro de Defensa, Alberto Espina, promulgaron hoy la ley que establece un nuevo mecanismo de financiamiento para las Capacidades Estratégicas de la Defensa Nacional, derogando la Ley Reservada del Cobre.

La normativa propone un sistema de financiamiento plurianual, estable, transparente y con amplios controles civiles y democráticos que incluyen al Congreso Nacional y a la Contraloría General de la República.

Piñera destacó que "la ley que promulgamos hoy día es una ley que nuestro país y nuestras Fuerzas Armadas necesitaban. Lo que busca es compatibilizar dos valores, dos principios, los objetivos: por una parte, generar un sistema de financiamiento de nuestras Fuerzas Armadas que sea transparente, participativo y democrático y, por otra, asegurar a nuestras Fuerzas Armadas el financiamiento necesario para que puedan tener la capacidad disuasiva y defensiva para que nuestro país tenga tranquilidad de que su soberanía, su integridad territorial están debidamente protegidas".

Los cambios centrales de la nueva normativa son:

1- DEROGA LEY RESERVADA DEL COBRE: A contar del 1 de enero de 2020, los fondos correspondientes a la Ley Reservada del Cobre dejarán íntegramente de ser derivados a las FF.AA. A partir de ese día, los recursos se destinarán a las arcas fiscales para financiar las necesidades más urgentes de los chilenos, según lo determine el Gobierno y el Congreso de modo gradual en un plazo de 12 años.

2- POLÍTICA DE DEFENSA: Será el criterio orientador de las capacidades estratégicas de la Defensa Nacional que se presentará ante las comisiones técnicas de ambas Cámaras. Materializa la planificación para el desarrollo de la fuerza, con una duración no menor a 8 años y derivará en un plan cuatrienal de inversiones.

3- FONDO PLURIANUAL DE CAPACIDADES ESTRATÉGICAS: Permitirá estabilizar las inversiones a mediano y largo plazo que se hagan en material bélico, infraestructura asociada y gastos de sostenimiento.

4- CONSEJO DEL FONDO PLURIANUAL PARA LAS CAPACIDADES ESTRATÉGICAS: Se crea un consejo que se encargará de la programación y control de flujos financieros, y su administración financiera estará a cargo del Banco Central.

5- PROYECCIÓN AL CUARTO AÑO: La Ley de Presupuestos de cada año tendrá la proyección del aporte anual del cuarto año, considerando el programa de inversiones.

6- APORTE BASAL: Para poder mantener, sostener y actualizar las capacidades estratégicas de las FFAA dedicadas a la defensa de nuestra soberanía, las emergencias y catástrofes, la cooperación internacional, la contribución al Estado y la seguridad e intereses territoriales, se establece un aporte basal que se calculará sobre un promedio entregado a las FFAA en los últimos seis años.

7- FONDO DE CONTINGENCIA ESTRATÉGICO: Permitirá enfrentar situaciones de crisis y financiar material bélico severamente dañado como consecuencia de emergencias o catástrofes. También se pueden anticipar adquisiciones necesarias y disponibles, establecidas en la planificación del desarrollo de la fuerza. La administración financiera de los recursos estará a cargo del Banco Central.

8- HABRÁ 6 CONTROLES CIVILES Y DEMOCRÁTICOS:

- El ministro de Defensa presentará al Congreso y sus comisiones de Defensa el plan cuatrienal de inversiones conforme a la Política de Defensa.

- El Congreso discutirá y votará en la Ley de Presupuesto la proyección del aporte al 4° año y el aporte anual.

- Control de la Contraloría General de la República de los decretos que aprueban los proyectos del programa cuatrienal de inversiones vía observaciones y auditorías. Si la Contraloría hace observaciones, el ministro informará al Congreso. Además, de las auditorías se pueden remitir los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado o al Ministerio Público, si correspondiere.

- Una vez al año, el ministro de Defensa informará sobre la forma de materialización de las capacidades estratégicas a las comisiones de Defensa Nacional del Congreso.

9- SISTEMA DE COMPRAS: El Presidente enviará al Congreso un proyecto de ley que regule el sistema de compras, incorporando mecanismos de control civil y democrático, resguardando el secreto o reserva cuando corresponda.

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