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Tercer Tribunal Ambiental: “No hay una explosión de reclamaciones o demandas de comunidades indígenas”

El presidente de la entidad, comenta que en 2016, revisaron causas que involucraron proyectos por US$ 2.500 millones.

Por: Noticias | Publicado: Miércoles 5 de julio de 2017 a las 04:00 hrs.
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El 9 de diciembre el Tercer Tribunal Ambiental de Chile, con jurisdicción en seis regiones, del Biobío a Magallanes y sede en Valdivia, cumplirá cuatro años. A la fecha, han revisado 95 causas, -reclamaciones y demandas- y en 2016 vieron causas que involucran a proyectos por US$ 2.500 millones, revela el presidente de la entidad, el ministro Michael Hantke.

Del total, sólo 26 corresponden a reparaciones por daño ambiental, entre ellas, la demanda en contra de Empresas de Ferrocarriles del Estado, EFE, por el volcamiento de un tren en el río Toltén; el rechazo a la Resolución de Calificación Ambiental de la central de pasada Mediterráneo en el Río Puelo -hoy en la Tercera Sala de la Corte Suprema- o la resolución a favor de Celulosa Arauco por la ampliación de la planta, casos que “no puedo comentar”, advierte.

Si bien afirma que las reclamaciones y demandas por parte de comunidades indígenas han aumentado, el alza es menor y “no es una explosión”. Por ejemplo, en 2015 se registraron dos y en lo que va de este año, cuatro, a las que se suman las provenientes de las ONG, por daño ambiental.

Para determinar cómo han ido avanzando otras legislaciones en materia ambiental, el 23 de junio pasado llevaron a cabo una cumbre internacional sobre Responsabilidad por Daño Ambiental, pues el derecho en este campo está “en desarrollo”, sostiene el ministro.

-¿Cómo ha sido la gestión y la efectividad del Tercer Tribunal en estos casi cuatro años?

-En relación a las reclamaciones que se hacen por parte de los privados respecto de actos de la administración, el Tribunal Ambiental ha dado garantías de independencia, pero también ha acortado los plazos. Hoy, un procedimiento demora seis meses, y antiguamente podía durar años.

En 2016 ingresaron 37 causas, un 20% más respecto de 2015, y este año, a la fecha, ya ingresaron 17 causas. Al no existir una carga tan alta, los ministros nos podemos dedicar 100% a cada una de ellas.

Daño ambiental

-¿Ha percibido un aumento en las demandas de comunidades indígenas por daño ambiental?

-Han experimentado un aumento menor, de las 17 causas sólo cuatro son de comunidades indígenas, pero no hay una explosión.

-Algunos expertos plantean que faltan definiciones en torno al daño ambiental. ¿Hay vacíos?

-No hay un vacío, lo que sucede es que la preocupación global por el medio ambiente se inicia con la declaración de Estocolmo el año 1972, entonces si se compara con otros derechos éste tiene una tradición mucho menor que el romano.

La ley 19.300 define lo que es daño ambiental y establece los parámetros sobre los cuales se va a generar la discusión, pero hay una serie de cuestiones que es necesario ir precisando, y eso está entregado a la jurisprudencia de los tribunales, tanto ambientales como en la Corte Suprema, en la medida que revise las decisiones. Es un proceso natural.

-¿Qué falta precisar, entonces?

-Por ejemplo, qué es lo que causa daño ambiental, cuando uno dice ´esa persona causó daño ambiental´, eso se llama causalidad y es una complejidad, pues una parte dice ´a´ produjo ´b´, pero a veces tenemos daños que son complejos, por ejemplo, el caso de Exxon Valdez en Alaska en 1989 (derramó 245 mil barriles de crudo al evitar chocar con un arrecife), donde luego de 25 años se descubrió que el daño permanecía. El problema ambiental no es tan simple como decir que se contaminó y se produjo un daño, pues puede tener otros ribetes, a veces, insospechables. Y hay que ver cómo esa causalidad ha ido evolucionando en el derecho extranjero en relación con el derecho local.

-¿Y a qué países podría mirar Chile?

-Los franceses, españoles, estadounidenses e ingleses tienen mucha jurisprudencia, con ello no quiero decir que estemos atrasados, tienen novedades, pero nosotros hemos avanzado en otras. Por ejemplo, en relación a las reclamaciones y demandas estamos en línea con lo que sucede en otros países. Y estamos avanzados en cómo se define el daño ambiental y cómo se vincula con el concepto de ecosistema, ambos son parte de las ciencias naturales y, dada la composición mixta del Tribunal, tenemos una visión complementaria.

-¿En qué falta avanzar en materia de legislación ambiental?

-Hay un proceso natural del desarrollo del derecho, donde las partes plantean sus posiciones, el Tribunal resuelve en relación con esas posiciones y la corte Suprema ratifica o cambia los criterios, pero estos se van asentando y se van transformando en permanentes. Es un proceso natural que no puede ser de otra forma. El derecho a veces es tan complejo que es imposible de codificar completamente. Llevamos cuatro años en comparación con los miles de años que tiene el derecho civil.

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