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Exmagistrado y fallo en Mina Invierno: “El Tribunal no ponderó todas las variables”

El economista y académico de la Universidad Austral, Roberto Pastén, alerta sobre una protección ambiental excesiva y a veces aleatoria.

Por: Fernando Vega | Publicado: Miércoles 17 de junio de 2020 a las 04:00 hrs.
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Foto: Agencia Uno
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“Creo que el Tribunal no ponderó todas las variables para sentenciar. La eventual presencia de restos fósiles aún con valor arqueológico y paleontológico, no compensa, desde mi punto de vista, los tremendos impactos sociales y económicos de la paralización de un proyecto de esta envergadura”, dice el exmagistrado del Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, Roberto Pastén.

El 21 de agosto del año pasado, ese tribunal especializado -y del que Pastén ya no era parte - obligó a paralizar Mina Invierno tras anular la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que autorizaba a la carbonera -de Empresas Copec y Ultramar- a utilizar tronaduras para su operación. Ello, tras acoger la reclamación del grupo ciudadano Alerta Isla Riesco.

La resolución del Tercer Tribunal Ambiental, cuya jurisdicción abarca desde Ñuble hasta Magallanes, se fundó en la falta de información esencial sobre el componente paleobotánico encontrado en la zona y su posible afectación como patrimonio cultural.

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Un mes después Mina Invierno, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y representantes de los trabajadores recurrieron a la Corte Suprema, cuyo veredicto definitivo no tiene todavía fecha asignada.

Pastén, quien fue integrante del tribunal ambiental entre 2013 y 2017, explica desde su casa en Valdivia que nadie pone en duda la existencia de “valores ambientales, paleontológicos y arqueológicos propios de la naturaleza y parte del patrimonio cultural”, pero alerta sobre una protección ambiental excesiva y a veces aleatoria.

“Sobre todo ahora, con esta pandemia”

Economista, especializado en temas socioambientales y hoy académico de la Facultad de Economía de la Universidad Austral, recomienda analizar la incidencia de estas normativas de protección en el problema del desempleo. “Sobre todo ahora, con esta pandemia”, sostiene.

- ¿Por qué usted cree que la sola existencia de restos paleobotánicos no justificaba esa resolución?-

-El concepto de restos arqueológicos y paleontológicos puede llevar a confusión para quienes no conocen el caso en profundidad. Creo que una solución basada en el rescate de los restos por parte de una empresa en funcionamiento es superior a la solución finalmente alcanzada en que ni la empresa operara, ni los restos serán rescatados.

-¿Considera usted que después de este fallo la utilización de tronaduras en la operación minera podría convertirse en un flanco para el sector?

-Los nombres de las cosas generan realidades, la palabra tronadura suena mal para cualquier analista ambiental. Muchas veces sin embargo esto no es necesariamente malo. La presión ambiental probablemente hará que se desarrollen mejores y más limpias tecnologías. Mi punto es que estas innovaciones nunca se alcanzarán si la problemática ambiental se sigue viendo de forma partisana, en blanco y negro, autorizaciones o prohibiciones. La evaluación ambiental debería darse en términos técnicos y objetivos buscando mecanismos que permitan a los proyectos funcionar de manera ambientalmente sustentable.

-¿El caso Mina Invierno vuelve a mostrar ese problema?

-Es bueno que existan instancias judiciales donde las personas puedan acudir en busca de justicia, ya sea por parte de las comunidades afectadas, como de parte de los emprendedores. Hoy, lo que vemos en Chile y el mundo es una tremenda polarización en las distintas posiciones, y el Poder Judicial es un garante de la búsqueda de lo que es justo en medio de la polarización.

-Estando usted en el TA, ¿aplicó estos criterios que hoy defiende?-

-Yo pienso que sí. Existieron casos donde el efecto ambiental era tremendamente significativo, como en algunos proyectos energéticos en la región de Aysén o las centrales termoeléctricas en algunas zonas del país. La posibilidad de ponderar la situaciones está contenido en el principio de proporcionalidad en el derecho ambiental.

-La empresa dice que el voto disidente del ministro del Tribunal Ambiental de Valdivia, Iván Hunter, fue muy claro. ¿Usted, entonces, coincide con el voto de Hunter?

-Absolutamente, el ministro Hunter hace ver el punto central a mi juicio, al plantear que la Ley 19.300 consiste en compatibilizar el derecho a desarrollar una actividad económica con el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación. Lamentablemente, muchas posiciones, incluso de expertos en el tema ambiental, plantean que lo que se debe privilegiar es el medio ambiente y no la economía. No se privilegia el medio ambiente por sobre la economía, se aplica la ley con el criterio de la sana critica, y esto debe tener también en consideración los efectos sobre los más vulnerables, a las jefas o jefes de hogar que no tienen ingresos, a los desempleados, a las personas mayores, o quienes a raíz de esta pandemia están teniendo que ajustar su forma de vida de manera brutal.

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