Telecom/Tecnología

No hay sintonía entre propuestas de telefónicas y el plan del gobierno para limitar espectro

Desde recurrir a tribunales internacionales hasta liberar el uso de las bandas. Las estrategias de Entel, Movistar, Claro y GTD para enfrentar los cambios que se avecinan en el sector.

Por: Jose Troncoso | Publicado: Martes 9 de octubre de 2018 a las 13:13 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Una tarea compleja tendrá la Subscretaría de Telecomunicaciones para defender su plan para aumentar el límite de espectro que las empresas de telefonía móvil pueden tener y que actualmente está bajo escrutinio del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).

La propuesta que el gobierno sometió a consideración establece techos para bandas bajas, medias-bajas, medias-altas y altas, con topes por operador de 50 MHz, 60 MHz, 80 MHz y 200MHz, respectivamente.

Como parte del proceso ante el TDLC, esta semana se liberaron las propuestas que le hicieron llegar las empresas a la Subtel, pues la autoridad consultó a las telefónicas antes de recurrir al tribunal.

1. El gerente general de Entel, Antonio Büchi, consideró que no se requieren medidas que "fuercen o privilegien" la entrada de nuevos actores a la industria, dado que a su juicio el mercado chileno es "desconcentrado y competitivo".

"En caso de que se esté dispuesto a arriesgar eficiencia asignativa con miras a incentivar la entrada de nuevos actores, el establecimiento de un cap (tope) no es el único mecanismo disponible; mucho menos el más conveniente. De hecho, la experiencia comparada muestra que en la mayoría de los países desarrollados no existe un cap a nivel industria, ni por banda de frecuencia", dijo.

Por esto, la empresa propuso dos alternativas de asignación de espectro. La primera, un mecanismo de asignación preferente de bloques, conforme al cual se subdivida la banda de frecuencia objeto del concurso de que se trate en el mayor número de bloques que técnicamente permita prestar servicios de telefonía móvil en forma eficiente y con costos razonables; que cada postulante, en un primer concurso, pueda adjudicarse como máximo un bloque; y los bloques no adjudicados en esa primera ronda, puedan luego ser adjudicados por cualquiera de los concursantes.

Otra opción propuesta por la empresa fue un mecanismo de cap temporal. "Para el caso que el tribunal estime que el 'Mecanismo 1' no resultaría efectivo y la necesidad de entrada justifique asumir los riesgos de eficiencia asignativa que implica el cap, se establezca un cap respecto de la banda objeto del concurso y por un plazo determinado. Transcurrido dicho plazo, los incumbentes afectos al cap podran adquirir nuevos bloques de espectro -por sobre el cap-, ya sea por la vía del mercado secundario de espectro o por medio de una operación de concentración", planteó Büchi.

2. Movistar propuso establecer un límite de espectro al total de las bandas atribuidas a servicio móvil y un límite ad-hoc en cada nuevo concurso.

Javier Barría, subgerente de Gestión Regulatoria de Telefónica Móviles, dijo que el límite total es más general, se hace cargo de eventuales asimetrías entre concesionarios por operaciones de compraventa de empresas y considera nuevas soluciones tecnológicas que permiten hacer un uso más eficiente en términos de performance de la red a operadores con más espectro en una banda determinada.

El límite ad-hoc, sostuvo, permite reconocer las diferencias en términos de cobertura y capacidad de las distintas bandas, y asignar el nuevo espectro de manera eficiente y equitativa entre todos los eventuales interesados, "favoreciendo la competencia, el desarrollo de nuevas redes y la evolución hacia un escenario más equilibrado de distribución espectral entre los distintos actores", señaló.

Junto a esto, la empresa planteó un cap del 30% del total de espectro atribuido a servicio móvil, para evitar concentración en manos de un solo operador. Para esta firma, se debe considerar el espectro adquirido en concursos, en operaciones de concentración horizontal, en un futuro mercado secundario, a través de adquisiciones indirectas, el arriendo de frecuencias o el uso de espectro asignado a concesionarias de servicios intermedios.

En esta línea, Movistar planteó que si un operador acumulara más del 30% del espectro, por cualquier motivo, de inmediato deberá dejar de utilizar el espectro en exceso y proceder a su enajenación, a través de un proceso regulado por el TDLC.

Respecto al límite ad-hoc, dijo que se debería considerar un cap de entre 35% y 40% del nuevo espectro a concursar, para permitir que las nuevas bandas sean completamente asignadas, incluso en el caso de que no todos los operadores estén interesados en adquirir espectro en ellas. "Nótese que sólo con límítes ad hoc, superiores al límite total, se podrá ir convergiendo a una mayor equidad espectral y a avanzar en el aprovechamiento de soluciones que permitan una mayor eficiencia en el uso del espectro", dijo Barría.

3. A juicio del gerente Legal del grupo GTD, Mario Domínguez, el sistema más eficiente se logra mediante el establecimiento de un mercado secundario, sin restricción o limitación de caps. Para esta compañía, este mecanismo, dada la experiencia internacional, rigidiza el mercado con claros efectos adversos para el desarrollo de la industria, la calidad de los servicios y Ia necesaria implementación de los avances tecnológicos, produciendo en último término, una ineficiencia en el bienestar social.

Precisó que en Ia implementación de un mercado secundario debe estar condicionada a Ia previa aprobación de la Subsecretaría de Telecomunicaciones y de los entes públicos encargados de la protección de la libre competencia.

Adicionalmente, sugirió que la operación de comercialización del espectro que se de en el mercado secundarío, se encuentre afecta al pago de un determinado gravamen, no superior al 5% del valor total de la operación, que iría en directo beneficio del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones, con el objeto de incrementar los recursos de las políticas públicas destinadas a romper la brecha digital en aquellos sectores y/o localidades que presenten falencias o demanda insatisfecha de servicios, atendiendo al principio de subsidiariedad que rige el actuar del Estado.

Junto a esto, la firma apuntó a la conveniencia de estudiar que en caso que un concesionario no use el espectro dentro de un tiempo, tenga la obligación de transarlo en el mercado secundario y/o devolverlo a la Subtel. La empresa dijo que, en caso que se mantenga la fijación de espectro, éste debe ser al menos de 150 MHz por compañía, similar al lo que se aplica en Europa.

4. El gerente de Cumplimiento Regulatorio de Claro, Luis Aránguiz, fue más tajante. Señaló que todo el espectro asignado a la compañía cuenta con una importante y eficiente tasa de ocupación, por lo que cualquier hipótesis de devolución supone, además de una evidente afectación económica, una "grave y directa afectación" a sus clientes finales y también mayoristas.

"Lo anterior se traducirá necesariamente en una clara degradación de la calidad de servicio, cobertura y afectación de su continuidad. Afectación que repercutirá también en los servicios brindados a clientes de localidades rurales beneficiados por las obligaciones sociales asociadas a los concursos públicos que de buena fe Claro se ha adjudicado", dijo la empresa.

Junto a esto, señaló que según lo resuelto por la Corte Suprema, no procede iniciar procedimientos de adecuación de espectro ni es exigible a Claro ejercer su derecho a elegir la banda que no enajenaría. Por esto, la empresa amenazó con posibles acciones ante autoridades y/o tribunales internacionales.

La empresa, ligada al magnate mexicano Carlos Slim, apuntó a que cualquier medida de reducción de espectro "legalmente adquirido" es contraria a sus derechos bajo el marco regulatorio, el derecho chileno y el derecho internacional, incluyendo las disposiciones del Tratado de Libre Comercio entre Chile y México, y el Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico. "Por tanto, hacemos presente que esta respuesta a su requerimiento se realiza sin perjuicio y haciendo reserva expresa de todos los derechos, acciones e intereses que pudiere tener nuestra representada, así como sus accionistas directos e indirectos de conformidad con dichos instrumentos", dijo Aránguiz en respuesta al oficio de la Subtel.

Lo más leído