Cartas

¿Y el presupuesto del órgano constituyente?

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Señora Directora:

El Ejecutivo contempló en el proyecto de ley de presupuestos, en la partida del Tesoro Público, sólo 10 mil pesos para la Convención Constitucional, lo que puede entenderse como parte de la técnica legislativa para abrir el canal a través del cual a futuro se proveerán esos recursos.

Sin embargo, existiendo ya certeza de que en 2021 comenzará la Convención, resulta imprescindible que modifique el proyecto de ley, introduciendo un programa o una partida nueva, exclusiva para este órgano y, que suplemente, dentro de esta tramitación presupuestaria, los recursos para los gastos ya contemplados por la Constitución para el trabajo del órgano constituyente.

Además, debería quedar explícita la disposición de los fondos para los otros gastos que nacerán del reglamento que la propia Convención determine para su funcionamiento. Esto es fundamental, ya que las expectativas del proceso constituyente requerirán espacios de deliberación ciudadana, incorporando mecanismos de participación y difusión a lo largo del país.

El gasto público será una herramienta fundamental para el ejercicio del poder constituyente y para evitar que el rol del Ejecutivo colisione con la autonomía y funcionamiento que requiere la Convención.

Diego Vela y Javiera Ascencio

Rumbo Colectivo

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