Cartas

Dictamen DT sobre Ley de Conciliación Laboral

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Señor director: 

El 29 de enero entró en vigencia la Ley N°21.645 que promueve la conciliación laboral, y el mismo día fue publicado el Dictamen N°67/01 por parte de la Dirección del Trabajo, que debía fijar el sentido y alcance. Lamentablemente, una vez más tenemos un dictamen de la DT que se limita a describir los principios de la OIT y a hacer un copy-paste de la ley, sin entrar a resolver el fondo.

El dictamen no cumple con la finalidad de interpretar la norma. Esta ley deja bastantes dudas de por sí. ¿Es posible solicitar 100% de teletrabajo habiendo una clara contradicción en la norma? ¿Cómo opera la corresponsabilidad?, entre otras interrogantes. Junto a lo anterior, ni la norma ni el dictamen señalan la forma en que se resolverá la controversia en caso de que el trabajador no acepte la contra propuesta de la Empresa. Pues bien, ninguna de estas dudas es resuelta por el dictamen emitido por el Servicio.

Con la entrada en vigencia de tantas leyes laborales este 2024, es necesario un Servicio que contribuya a las relaciones laborales e interprete la normativa con la finalidad de disminuir los potenciales conflictos que se podrían suscitar.

Valentina Morales

Head equipo Laboral Morales & Besa

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