Cartas

Microplay: liquidación voluntaria

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Señora Directora:

El 11º Juzgado Civil de Santiago rechazó en dos ocasiones la solicitud de liquidación voluntaria de Microplay. Asimismo, el Primer Juzgado de Letras de Talagante, rechazó una liquidación voluntaria por no contar con juicios pendientes con efectos patrimoniales iniciados en su contra. Esto último fue revocado por la Corte de Apelaciones de San Miguel, estableciendo un positivo precedente jurídico.

El tribunal argumentó que la empresa no tenía historial de juicios pendientes, por lo cual “mal podría acompañar la nómina a que se refiere el artículo 273 N°3 de la Ley 20.720”, sin que esto constituya un requisito de admisibilidad para tramitar el requerimiento.

El dictamen de la Corte de Alzada, conseguido por el Departamento de Insolvencia de Grupo Defensa, ratifica que sólo basta encontrarse en una situación de morosidad e insolvencia que justifique la pretensión de quiebra, para dar luz verde al procedimiento.

El criterio empleado agiliza los procesos de quiebra, posibilitando la rehabilitación financiera de personas naturales, pymes y empresas. La resolución de la Corte de Apelaciones de San Miguel es una buena noticia para quienes están ad portas de acogerse a las herramientas que dispone nuestra legislación; para dar vuelta la página y volver a empezar.

Ricardo Ibáñez

Abogado socio y fundador grupodefensa.cl

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