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Cartas

NCh: el desorden pendiente

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Publicado: Viernes 4 de septiembre de 2026 a las 04:03 hrs.

Señor Director:

Coincidimos con la carta de los señores Ricke, Salinas, Watt y la señora Pedrasa en un punto central: la Ordenanza cita la NCh 433 sin fijar año de edición y, por lo tanto, la versión 2026 será obligatoria una vez cumplido el plazo fijado por el Minvu. No puede asegurarse lo mismo respecto de otras normas técnicas a las que la propia NCh 433 se remite. El conjunto de reglas es pantanoso.

Por ejemplo, la Ordenanza cita la NCh 427, sobre estructuras de acero, que fue derogada y reemplazada por las NCh 427/1 y 427/2, no mencionadas en su texto. Paradojalmente, la NCh 433 declara como “indispensables” para su aplicación precisamente a esas dos normas, y no a la NCh 427 que cita la Ordenanza. Esta situación se agrava por los disímiles entendimientos de diversos organismos estatales. El propio Minvu, con el respaldo de la Contraloría, estima que las normas requeridas para la eficacia de la NCh 433 no son obligatorias mientras no sean incorporadas a la Ordenanza. El MOP opina lo contrario en el ámbito de su competencia.

Es imperioso que exista absoluta certeza jurídica y univocidad sobre cuáles son los estándares técnicos obligatorios en un país sísmico como Chile.

Juan Francisco Sánchez y Lucas Orezzoli

ABOGADOS

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