Cartas

Votaciones en la Convención Constitucional

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Señora Directora:

Martina Claro, en su carta del 7 de enero, considera que lo sucedido con la elección 'vaticana' de la Mesa de la Convención Constitucional (CC) anticipa un panorama desolador para la aprobación de las normas, potencialmente derivando en un texto constitucional breve e inconexo.

Afortunadamente, el procedimiento para la elección de dos de los integrantes de la Mesa es excepcional en la regulación de la CC. Las restantes siete Vicepresidencias se eligen por medio de patrocinios evitando largas jornadas de votación.

Respecto a la tramitación de las normas, aprobada una iniciativa por la comisión respectiva solo se reabrirá su debate por unanimidad. La aprobación general por el Pleno de las propuestas de comisiones permite separar la votación de puntos específicos. Si se rechazan parcialmente, vuelven a la comisión para evacuar un informe de reemplazo. Y si éste se rechaza, la iniciativa se desecha.

Existen incentivos para lograr consensos más allá del quórum de 2/3. La aprobación en particular de las normas por simple mayoría tendrá una última oportunidad, una vez reformuladas por la comisión respectiva. Si esa nueva versión no alcanza los 2/3, la iniciativa termina (salvo que el Legislativo caiga en la tentación de los plebiscitos dirimentes). Y a cargo de reducir inconexiones estará la Comisión de Armonización.

No dejemos que la anomalía procedimental tras la renovación de la Mesa impida ver la razonabilidad del diseño para concluir el proceso constitucional.

Pablo Fuenzalida Cifuentes

Investigador Centro de Estudios Públicos

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