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Columnistas

DF Tax | La Indicación que falta

Por: Alex Fischer, socio de Fischer y Cía.

Publicado: Jueves 11 de junio de 2026 a las 04:00 hrs.

El proyecto de ley de reconstrucción deja sin abordar un punto neurálgico para reactivar la inversión: falta reconfigurar el régimen tributario de las ganancias de capital.

Producto de la reforma tributaria del 2015, y en contraste con la abrumadora mayoría de los países OCDE, Chile no tiene un impuesto reducido a las ganancias de capital. La única excepción es la rebaja acotada (que el proyecto de reconstrucción transforma en exención) que beneficia a las ganancias provenientes de la enajenación de valores con presencia bursátil. Toda otra ganancia de capital tributa como renta ordinaria, incluyendo la enajenación de acciones de sociedades no listadas, las cuotas de fondos privados, y los instrumentos financieros sin alta presencia bursátil.

Las consecuencias son severas. Un inversionista extranjero que no tiene beneficios específicos bajo un tratado, por ejemplo un inversionista canadiense, debe soportar un impuesto del 35%. A su turno, los inversionistas locales tienen una carga agregada de hasta un 44,45% respecto de las ganancias de capital de inversiones en Chile (que el proyecto de reconstrucción reduciría al 40%), y de hasta 40% respecto de ganancias de capital en inversiones activas o pasivas en el extranjero.

Considerando las tasas marginales de impuesto chilenas y un período de inversión de 10 años, para que económicamente valga la pena salir de una inversión y reinvertir las utilidades en un nuevo proyecto, el nuevo proyecto tiene que ofrecer, al mismo riesgo, una rentabilidad esperada entre un 30% y un 50% mayor al de la inversión original.  Esta mayor rentabilidad es normalmente inexistente y el inversionista prefiere mantenerse inmóvil en las posiciones existentes (effecto lock-in).

En la práctica, el efecto lock-in no solo imposibilita la reasignación eficiente del capital, sino que también disminuye la realización efectiva de ganancias y, por lo tanto, la recaudación tributaria. En materia de ganancia de capital, es bastante elocuente que una tasa nominalmente alta, como la de Chile, probablemente recauda menos que lo que recaudaría una tasa más baja.

Este problema es tan obvio, que el régimen chileno constituye una anomalía dentro de la OCDE. La gran mayoría de ellos exime a las ganancias de capital a nivel corporativo y otorga un tratamiento muy preferente a las de largo plazo realizadas por personas naturales. Canadá, por ejemplo, grava las ganancias de capital al 50% de las tasas ordinarias, lo que sería equivalente a fijar en Chile una tasa de entre 17,5% y 20%, similar a la vigente en Estados Unidos, Alemania, Finlandia y Portugal; y la mayoría de los países europeos eximen el 95% o más de las ganancias de capital a nivel corporativo bajo sus regímenes de participation exemption, y gravan a las personas naturales con tasas entre 40% y 50% inferiores a las tasas ordinarias.

Así, para dar un empuje verdadero a la actividad e inversión, adoptemos el estándar ampliamente imperante en la OCDE. Para las empresas, una exención o un impuesto muy bajo (eg, 1,5%), normalmente condicionado a un umbral mínimo de participación (típicamente 10%) y a un período mínimo de tenencia (un año). Para las demás ganancias de capital -de personas o empresa- que no cumplan con estos requisitos, una tributación reducida (20%) o una exclusión de la base imponible del 50% de la ganancia de capital.

Readecuar la tributación de las ganancias de capital no solo reactivaría la inversión.  Probablemente sería, además, recaudatoriamente positivo.

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