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Columnistas

DF Tax | Tratado Chile–EE.UU. bajo amenaza

Por Maximiliano Concha R., director área tributaria PAGBAM | Schwencke.

Por: Equipo DF

Publicado: Jueves 12 de junio de 2025 a las 04:00 hrs.

Recientemente las tarifas impuestas por Estados Unidos generaron un incumplimiento de los tratados de libre comercio. Ahora podría ser el turno de los convenios para evitar la doble tributación. Un reciente proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes aumentaría unilateralmente las tasas fijadas en dichos tratados.

Se trata de un extenso paquete legislativo que busca modificar distintas materias como defensa, migración, tributación y programas sociales. Dentro de este proyecto de ley denominado “El Único, Gran y Hermoso”, se incluye un nuevo artículo 899, titulado “Aplicación de medidas correctivas contra impuestos extranjeros injustos” que se incorporaría al Código Tributario americano. 

La nueva “Sección 899” es una norma que, entre otros aspectos, impone medidas fiscales contra inversionistas provenientes de países que adopten impuestos definidos como “injustos” hacia empresas y personas americanas. No es claro qué impuestos extranjeros clasificarán como “injustos”, ya que se le entrega al poder Ejecutivo la facultad de establecerlos. Ahora bien, si los nacionales de un país realizan negocios e inversiones en EE. UU. y dicho país cumple con los requisitos que establece el nuevo articulado, se gatilla un aumento progresivo de hasta 20 puntos porcentuales en una serie de impuestos americanos contra los referidos inversionistas extranjeros. 

Dentro de los impuestos que pueden verse incrementados se encuentran los que gravan dividendos, intereses, regalías, beneficios empresariales y ganancias inmobiliarias, los que podrían incluso llegar a 50% mientras no se elimine el impuesto considerado “injusto”. Todos estos gravámenes suelen estar regulados en tratados para evitar la doble tributación, los que precisamente, limitan la tasa máxima aplicable. 

Si Chile llevase a cabo semejante modificación, no habría efecto alguno respecto de aquellos países con los cuales se encuentra vigente este tipo de convenios. No obstante, para los americanos una ley local y un tratado internacional tienen la misma jerarquía. Habría entonces un claro conflicto de la norma a aplicar ¿puede una norma posterior interna modificar unilateralmente las obligaciones asumidas en virtud de un tratado internacional? Las cortes estadounidenses en estos casos aplican la doctrina de “la prevalencia de la ley posterior”.

De esta forma, la sección 899 podría dejar sin efecto las tasas de todo tratado internacional firmado con anterioridad. Sería algo similar a lo ocurrido con las tarifas y los tratados de libre comercio, con la diferencia que esta vez se trata de una ley dictada por el propio Congreso en Washington D.C. 

Frente a esta situación, países que como Chile han celebrado este tipo de convenios con el país del norte, podrían intentar las siguientes alternativas. En primer lugar, y más eficaz, derogar el impuesto considerado injusto. Otra opción es utilizar el mecanismo de resolución amistosa, herramienta que los mismos convenios entregan. Por último, están las vías diplomáticas o incluso judiciales. 

Si bien aún se trata de un proyecto de ley que debe ser revisado por el Senado, donde el partido del Presidente Trump tiene mayoría, la aprobación en la Cámara de Representantes (por un voto) representa una primera alerta que debemos seguir con atención.

A fines de 2023 nuestro país dio un salto cualitativo al ser el tercero de América Latina en contar con un convenio para evitar la doble tributación con EE. UU. Se trató de un esfuerzo transversal, impulsado durante más de una década por distintos gobiernos, y que que es visto como un impulso a la inversión.

Sin embargo, de aprobarse la reforma y clasificarse a Chile como país que aplica impuestos injustos, podría afectar significativamente la ventaja que hemos tratado de construir con el nuevo convenio y la inversión extranjera que esta implicaría.

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