José Miguel Aldunate

La arrogancia de los abogados

José Miguel Aldunate Director ejecutivo del Observatorio Judicial

Por: José Miguel Aldunate | Publicado: Miércoles 1 de abril de 2020 a las 04:00 hrs.
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¿Qué es más importante, salvar vidas o proteger la economía? La pregunta es estúpida, aunque todos se la hagan. ¿De qué sirve resolver una pugna imaginaria entre valores abstractos? Lo cierto es que no hay claridad mental ni solidez de los principios capaz de salvarnos de la catástrofe que se avecina. En términos reales, estos absolutos se traducirían en reducir la economía y los contagios a cero, condenándonos a morir de hambre en vez de neumonía; o bien, en salvar el sueldo, pagando alegremente el costo de una crisis humanitaria.

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¿A quién en su sano juicio se le ocurre plantear semejante dicotomía? Pues a los abogados. Como la arrogancia intelectual no conoce límites ─y la estupidez tampoco─ se han interpuesto más de cincuenta recursos de protección solicitando la declaración de cuarentenas. En su mayoría, razonan invocando la protección constitucional del derecho a la vida, que primaría sobre el derecho de propiedad, la libertad de tránsito o la libre iniciativa económica.

Que se enteren China, Corea del Sur, Italia y España: en esencia, la pandemia es un problema de derecho constitucional. ¿Para qué perder el tiempo con médicos, epidemiólogos y científicos? ¿Qué se gana con fortalecer el sistema hospitalario, preparar salvatajes financieros o coordinar a las Fuerzas Armadas? Los abogados saben más. Basta con una buena sentencia de la Corte de Apelaciones de Iquique, Copiapó o Punta Arenas para solucionar la crisis del coronavirus. Apenas se dicten los fallos habría que mandarle una copia al director general de la Organización Mundial de la Salud, a ver si se espabila.

Digo Iquique, Copiapó y Punta Arenas no por saña particular contra esas nobles ciudades, sino porque sus respectivas cortes de apelaciones han declarado admisibles los recursos. Las demás han actuado como corresponde, negándose siquiera a discutir el asunto. La Corte de Apelaciones de Santiago, por ejemplo, ha declarado ya la inadmisibilidad de una docena de recursos de protección.

Pero el caso más notable fue la sentencia de la semana pasada de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que, con gran sentido común, señaló que el recurso “no dice relación con cautelar el respeto y ejercicio de garantías constitucionalmente protegidas, sino que se vincula con la adopción de estrategias propias de la determinación de políticas públicas para hacer frente a la afectación sanitaria que aqueja al país, gestión que es privativa del Ejecutivo y que no corresponde a los Tribunales de Justicia establecer”.

Hasta un alumno de educación cívica ─cuando existía la educación cívica─ sabe que hay problemas que se resuelven en sede judicial, otros en el foro legislativo y otros que son competencia del Gobierno. ¿Por qué pedirles a los jueces que suplanten las funciones del Ministerio de Salud?

Es obvio que la catástrofe demanda una respuesta técnicamente informada e institucionalmente coordinada, para la cual sólo el Poder Ejecutivo está preparado. Las ponderaciones de derechos fundamentales estorban. Pastelero a tus pasteles y abogado a tus papeles.

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