Oportunidades para Chile de la Big Beautiful Bill
FELIPE ESPINA, Socio de Tributación Internacional de EY Chile
La reciente reforma tributaria impulsada por el Presidente Trump, conocida como Big Beautiful Bill, ha comenzado a generar inquietud entre inversionistas chilenos con intereses en EEUU. Aunque esta ley no modifica de manera sustancial la actual estructura tributaria, sí se introducen ajustes que conllevan oportunidades y eventuales retos para las inversiones extranjeras. En lo primero, esta reforma acarrearía la mantención (y restablecimiento) de varios incentivos originalmente generados en 2017.
En relación con la permanencia de beneficios por caducar, destaca la mantención de la tasa de impuesto corporativo en 21% y de la tasa efectiva Guilti (el impuesto global mínimo que aplica a compañías de EEUU con participación en entidades extranjeras). Y también se mantiene el incentivo FDII (deducción especial para efectos tributaries a compañías que exportan bienes o servicios).
Respecto del restablecimiento de incentivos, destaca la posibilidad de depreciar 100% en año uno la adquisición de activos bajo ciertas circunstancias y una flexibilización del límite para deducir como gasto el pago de intereses, más la vuelta de incentivos R&D que se habían ido extinguiendo desde 2017.
En materia de desafíos, lo más preocupante es la nueva sección 899 del Código Tributario, que establecería un mecanismo para aumentar la carga tributaria a pagar en EEUU por parte de países eventualmente considerados como aplicadores de impuestos injustos. Esto podría traducirse en un aumento de la tasa de retención a pagos hacia Chile, más allá de las tasas reducidas que hoy aplican por el convenio de doble tributación.
Por ejemplo, en el caso de que se verifiquen pagos desde EEUU, habiendo sido Chile considerado como un país aplicador de impuestos injustos, el gravamen de retención americano podría aumentar cinco puntos cada año, hasta un máximo de 15 puntos extra sobre el regular.
Otro mecanismo de control sería el aumento del impuesto corporativo aplicable a agencias, sucursales y establecimientos permanentes con negocios en territorio de EEUU, cuya casa matriz esté constituida en un país considerado como aplicador de impuestos injustos. Para efectos de la nueva sección 899 se publicaría una lista de estos países. Sin perjuicio de ello, el 26 de junio el secretario del Tesoro, Scott Bessent, solicitó a la Cámara y al Senado remover del proyecto la sección 899. Esto, basado en un entendimiento alcanzado entre los países G7 respecto de la iniciativa tributaria global impulsada por la OCDE.
El proyecto presenta varias oportunidades y un eventual desafío significativo para los chilenos con inversión en EEUU. Cabe monitorear el progreso del proyecto y estar preparado para navegar por estas aguas inciertas, eventualmente ajustando estrategias para mitigar impactos negativos. La clave estará en la proactividad y la capacidad de adaptación ante un entorno fiscal en constante evolución, lo que se suma a preocupaciones como la volatilidad que ha generado la “guerra comercial” y los conflictos geopolíticos.