Requisito clave vence este mes: ¿Quiénes pueden acceder a la garantía por años cotizados que se pagará con la reforma de pensiones?
Se trata de un beneficio que entrega un aporte mensual adicional en UF a las personas pensionadas por vejez o invalidez en AFP o compañías de seguros, según años de ahorro previsional.
Por: María Paz Infante
Publicado: Martes 29 de julio de 2025 a las 11:07 hrs.
Foto: Julio Castro
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La implementación de la reforma previsional sigue avanzando a toda marcha y las distintas instituciones ya se prepararan para enfrentar los procesos de cara a los afiliados del sistema de AFP en los próximos meses.
Los primeros beneficios se pagarán en septiembre, cuando se concrete el aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) al primer tramo que estableció la reforma, vale decir a aquellos pensionados mayores de 82 años. En detalle, el monto se elevará desde los actuales $ 224.004 a $ 250 mil.
Después de eso, el segundo gran pago de beneficios comenzará en enero cuando se transfieran los recursos de la garantía por años cotizados. ¿De qué se trata? Es un beneficio que entrega un aporte mensual adicional en UF a las personas pensionadas por vejez o invalidez en AFP o compañías de seguros. Eso sí, deben estar pensionados hasta el 31 de julio de 2025.
Eso sí, quienes lo hagan a partir del 1 de agosto también recibirán la prestación, aunque cambia la forma en la que se calcula, de acuerdo al artículo 7 de la ley 21.735.
Para recibirlo, las mujeres deben tener al menos 120 meses cotizados y los hombres 240 meses cotizados, con un máximo de 300 meses (continuos o discontinuos).
En concreto, el monto corresponde a 0,1 UF mensual por cada 12 meses cotizados, con un tope de 2,5 UF mensuales, lo que equivale a 25 años de cotizaciones.
Cotización con cargo al empleador
Uno de los hitos clave de la entrada en vigencia de la ley 21.735 a la que se dio origen con la reforma previsional se concretará este viernes 1 de agosto, cuando comience a regir la primera parte de la cotización adicional con cargo al empleador.
Del total de siete puntos que elevó la cotización, a partir de agosto todos los empleadores, sin excepción, deberán incorporar una nueva cotización obligatoria del 1% adicional para sus trabajadores. De ese ahorro adicional total, el 0,1% se depositará directamente en la cuenta de capitalización individual de AFP, sumándose así al actual 10% de aporte obligatorio que corre por parte de cada persona.
En tanto, el restante 0,9% tendrá como destino el Seguro Social Previsional, que irá al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), nueva entidad que se creó con la reforma y que también da inicio a sus operaciones este viernes.
El resto de la cotización adicional se irá enterando con gradualidad hasta llegar a los seis puntos para pensiones y al 1% adicional que se destinará a Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) y compensación a mujeres por expectativas de vida.
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