Copec versus el Fisco: millonaria disputa tras expropiación en el barrio El Golf llega a su fin
La Corte Suprema zanjó la controversia entre el CDE, que buscaba que la indemnización por el terreno en Las Condes sea menor al estimado por peritos designados por el MOP, mientras la empresa pedía un monto muy superior.
Por: J. Troncoso Ostornol
Publicado: Miércoles 7 de enero de 2026 a las 12:47 hrs.
Foto: Aton.
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“La indemnización otorgada no se condice con el real valor del lote” y “correspondía disminuir el monto de la indemnización”.
La expropiación de un terreno de 1.725 metros cuadrados (m2) en el barrio El Golf de Santiago, a pasos de la embajada de Estados Unidos, abrió una millonaria disputa entre el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en representación del Fisco, y Copec (empresa ligada al grupo Angelini).
El CDE buscaba que la indemnización por el terreno (donde funcionó una estación de servicio, la que se cerró para dar paso a la estación Isidora Goyenechea, una de las 19 paradas de la futura Línea 7 del Metro) sea menor al estimado por peritos designados por el Ministerio de Obras Públicas (MOP), mientras la empresa pedía un monto muy superior.
Tras casi tres años de juicio, la Corte Suprema zanjó la disputa el pasado 5 de enero de 2026. El máximo tribunal del país decidió rechazar los recursos de casación en el fondo deducidos por ambas partes, en contra de la sentencia del 3 de octubre del año pasado, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
El tribunal de alzada había confirmado la sentencia de primera instancia de fines de 2024, que rechazó ambas posturas y mantuvo la indemnización fijada por los peritos designados por el MOP.
$4.514 millones fue valorado el terreno por la comisión de peritos del MOP en 2019
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Los millones en juego
En junio de 2019, la comisión fijó una indemnización de $ 4.514 millones, valorando el terreno en $ 2.450.000 por m2, a lo que se suman pagos por edificaciones y especies forestales, entre otros ítems. A inicios de 2024, la autoridad fiscal consignó a favor de Copec $ 5.702 millones, monto que contempla los reajustes legales.
No obstante, el Fisco inició un litigio, el 7 de marzo de 2023, tras acusar que, a su juicio, se estaba pagando a Copec un valor superior al correspondiente por la expropiación de la propiedad donde se ubicó una de las estaciones de servicio más emblemáticas del sector oriente de la capital. Apuntó a un “error en el cálculo” de la comisión tasadora. Pidió fijar una indemnización de $ 1.275.841 por m2, lo que da un total de $ 2.201 millones por toda la superficie.
Por el contrario, Copec rechazó los argumentos del CDE y presentó una demanda de reclamo de monto de indemnización en mayo del mismo año. “El terreno expropiado tiene un valor superior al fijado por la Comisión de Peritos del MOP”, sostuvo la compañía ligada al grupo Angelini. La empresa solicitó a la justicia el pago de $ 4.041.946 por m2, poco más de $ 6.972 millones por todo el terreno.
“Ni la prueba rendida por el Fisco de Chile ni por Copec S.A. logra convicción en esta magistrado en cuanto rebajar o aumentar el monto de la indemnización provisoria determinada por la Comisión (de Peritos)”, dijo la jueza de primera instancia en su resolución.
Además, destacó que cada parte reclamante sustentó su rebaja o aumento de indemnización en interpretaciones contrapuestas respecto del destino del bien raíz.
Y planteó: “llegando al límite de señalarse, por los diversos informes (presentados por el Fisco y Copec), cifras tan extremas como rebajar el valor del metro cuadrado a $ 710.203 o aumentarlo a $ 4.189.965 (…), resultando curioso, a juicio de esta magistrado, que profesionales dedicados al rubro pueden llegar a conclusiones tan diversas, en que el último valor prácticamente sextuplica al primero”.
Tras reclamaciones de las partes, la Corte de Apelaciones sostuvo: “Las declaraciones vertidas por los peritos presentados por ambas partes no dejan de ser opiniones de quien los emite, y no lograron desvirtuar las conclusiones arribadas por el tribunal y compartidas por esta corte”.
Y la Suprema, en su reciente fallo, dijo: “Basta un somero examen de las consideraciones de la decisión censurada para advertir que ésta no ha liberado a las reclamantes del peso de probar los hechos que fundan sus pretensiones y, en efecto, fue precisamente la insuficiencia de tales pruebas la circunstancia que llevó a mantener la avaluación realizada por la comisión tasadora”.
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