SQM: fiscalía y defensa de Cardemil llegan a acuerdo por cautelares de firma quincenal y arraigo nacional
Como "absolutamente falsas" calificó el ex diputado de RN las imputaciones hechas en su contra.
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A través de un acuerdo entre el Ministerio Público y la defensa del ex diputado de Renovación Nacional, Alberto Cardemil, el magistrado zanjó las medidas cautelares de firma mensual y arraigo nacional para el imputado por la eventual presentación de boletas ideológicamente falsas en el marco de la arista SQM del Caso Penta.
A la salida del tribunal, el ex personero político volvió a defender su inocencia. "Recalcar mi inocencia que va a ser probada en tribunales, porque yo confío en la justicia chilena. No he cometido ningún ilícito tributario, nunca me he reunido con don Carlos Alberto Délano, con el cual no pude hablar, ni con el señor Bravo", explicó.
Según el ex parlamentario nunca supo qué se hacía con las boletas emitidas. "Respecto al tema tributario estoy absolutamente tranquilo, ni siquiera he sido mencionado por Impuestos Internos", aclaró.
"Yo estoy fuera de la política, parece que no se quiere entender (...) Estoy tratando de ganarme la vida en lo que se y lamento esta judicialización de la política. Aquí hay una verdadera persecución en base a inventar delitos", aseguró.
Para el abogado defensor, Georgy Schubert, las imputaciones, que tienen relación con la relación entre el imputado y SQM, "no son constitutivas de delito".
"No hay espacio para un juicio simplificado, tampoco vamos a aceptar un procedimiento abreviado y lo que queremos es dejar clara la inocencia y no admitir responsabilidad, porque estamos convencidos que no existe una conducta constitutiva de delito que es lo que se debate en un juicio criminal", explicó.
Más adelante, dijo, revisarán la intensidad de las medidas cautelares decretadas hoy.
De acuerdo a lo señalado por el fiscal Sabas Chahuán, Cardemil facilitó boletas de honorarios idelológicamente falsas a empresas Penta y SQM por cifras que bordean los $ 24 millones entre 2013 y 2014.