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Proyecto modifica Código del Trabajo para establecer derecho a desconexión digital

El texto señala que a nivel internacional el derecho a desconexión ha sido reconocido por Francia y recientemente en la Ley de Protección de Datos en España.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Miércoles 12 de diciembre de 2018 a las 11:46 hrs.
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Establecer el derecho a la desconexión digital de trabajadores y funcionarios públicos y del sector privado es el propósito de un proyecto de ley presentado por diputados de diversos sectores, encabezados por Raúl Soto, el cual modifica el Código del Trabajo y el Estatuto Administrativo.

En lo central la normativa agrega un nuevo artículo 21 bis al Código del Trabajo con la siguiente redacción: "los trabajadores tendrán derecho a la desconexión digital, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, con el fin de garantizar el respecto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar". Y precisa que "las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral".

Un segundo artículo del proyecto indica que se agrega un artículo 65 bis al Estatuto Administrativo que establece que "las funcionarios públicos y trabajadores a honorarios que se desempeñen con jornada determinada, tendrán derecho a la desconexión digital, fuera del tiempo de trabajo legalmente establecido, con el fin de garantizar el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar" y se precisa que "este derecho se ejercerá conforme a la naturaleza de las funciones, debiendo determinar cada jefe de servicio, mediante resolución fundada, su aplicación así como las eventuales exclusiones".

Los parlamentarios señalan en los fundamentos del proyecto que en el derecho comparado a nivel internacional el derecho a desconexión ha sido reconocido por Francia y recientemente en la Ley de Protección de Datos en España. En el modelo francés se establece como principio, pero se entrega a la negociación colectiva la forma en que se concretará este derecho para cada caso.

Los legisladores señalan la necesidad de legislar en que "la inmediatez en las comunicaciones es el paradigma actualmente imperante. Sin embargo, estos avances que en la mayoría de las situaciones han constituido un aspecto positivo, han traído consigo efectos colaterales poco deseados. Uno de ellos, y que precisamente pretende resolver este proyecto, dice relación con la conexión permanente a que se exponen muchas/os trabajadoras/es del sector privado y/ o funcionarias/os de la Administración del Estado, con sus respectivas labores mediante el empleo, por parte de sus jefaturas, de correos electrónicos, mensajería instantánea, llamadas telefónicas, entre otras formas, más allá de la jornada laboral".

Por lo mismo remarcan que "creemos que aportamos con un grano de arena a los deteriorados indicadores de salud mental de nuestro país. Sin duda que estar en permanente conexión con asuntos laborales propicia cuadros de estrés con ocasión del trabajo, afectando el derecho a la integridad física y psíquica de las y los trabajadores".

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