Laboral & Personas

Corresponsabilidad parental: las políticas extranjeras para estimular la participación masculina en la crianza de los hijos

El pasado miércoles la Comisión de Trabajo del Senado aprobó una indicación que permitirá que entre padre y madre definan quién utilizará el beneficio de sala cuna. Análisis de la Biblioteca del Congreso muestra que avance es menor en comparación a experiencia extranjera.

Por: Carolina León | Publicado: Viernes 5 de julio de 2019 a las 13:23 hrs.
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Todo un hito marcó el pasado miércoles la votación de la comisión de Trabajo del Senado la cual, por unanimidad, aprobó una indicación que incorpora el concepto de corresponsabilidad parental al proyecto de ley que establece el derecho a sala cuna universal.

La indicación -propuesta por ChileMujeres, Mujeres Empresarias y Comunidad Mujer-, establece que entre padre y madre elijan quién ejercerá el derecho a sala cuna, si ambos son asalariados formales, independientes formales o trabajadores de casa particular.

La medida, fue respaldada por el ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, quien recalcó en la instancia que la finalidad del proyecto es potenciar la participación de las mujeres en el mercado laboral y fomentar la corresponsabilidad parental.

Y si bien a nivel local se trataría de un avance que fue destacado por los senadores que componen la comisión, al comparar la realidad local con la experiencia a nivel internacional se observan profundas diferencias, así quedó reflejado en un estudio de la Biblioteca del Congreso Nacional, titulado "Protección a la paternidad: Fuero paternal y legislación extranjera".

Un avance cultural

El documento comienza planteando que en el caso local, la protección a la paternidad "procede frente a una imposibilidad física de la madre o por la transferencia que la misma hace en virtud del postnatal parental. Es decir, es un derecho radicado en la madre trabajadora".

El análisis, que tomó la experiencia de Bolivia, España, Islandia, Noruega, y Suecia, destaca que la protección a la paternidad que han implementado estos países ha sido producto de un avance cultural. "La inamovilidad laboral para el padre trabajador o fuero paternal ha respondido a una evolución cultural y jurídica que tiende a la corresponsabilidad de los padres en la vida familiar", dice el texto.

Al analizar los casos en detalle, el texto muestra que en el caso de Bolivia, por ejemplo, se otorga la inamovilidad laboral de los progenitores hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad.

En España, en cambio, los derechos para conciliar la vida familiar y laboral están contemplados en la Ley Orgánica del país vasco, la cual establece igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres.

Para garantizar esto, la legislación española contempla la equiparación de los permisos por nacimiento y cuidado de menores a ambos progenitores. Antes de marzo del 2019, el permiso de paternidad era de cinco semanas frente a las 16 semanas con las que contaba la madre trabajadora. Con la modificación legal, se entrega a la madre biológica un permiso de maternidad de 16 semanas, siendo obligatorias 6 semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto, que habrán de disfrutarse a jornada completa, para asegurar la protección de la salud de la madre, y el mismo periodo para el permiso del progenitor distinto de la madre biológica. 

En Noruega, en tanto, la legislación establece un permiso parental de 49 semanas de remuneración completa o de 59 semanas con el 80% de ellas. Cada progenitor tiene reservadas 15 semanas -casi cuatro meses- que son intransferibles, mientras que las 29 semanas restantes se pueden repartir entre ambos.

En Islandia también cuenta con una legislación al respecto, acá el permiso parental otorga a ambos padres un derecho independiente e intransferible pagado de tres meses, y luego un permiso conjunto de tres meses adicionales, para un total de nueve meses.

La legislación Suecia, en tanto, contempla una licencia parental compartida y pagada por 480 días, siendo 90 días reservados e intransferibles para cada uno de los progenitores, mientras el resto del tiempo se puede repartir entre ambos.

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