Laboral & Personas

¿En qué consiste la mediación obligatoria?

Por: | Publicado: Miércoles 3 de julio de 2019 a las 04:00 hrs.
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Estaba todo listo para que partiera la huelga de 17.000 trabajadores de Walmart, pero la empresa solicitó la mediación a la Dirección del Trabajo "con el fin de continuar dialogando con el Sindicato Interempresas Lider (SIL) para llegar a un acuerdo, que la empresa confía es viable con la voluntad de ambas partes".

Precisamente, este mecanismo considerado por la legislación busca colaborar en la solución del conflicto a través del diálogo entre las partes involucradas. De hecho, cualquiera puede hacer la petición.

En el caso de los trabajadores debe efectuarla la comisión negociadora sindical, por la mayoría absoluta de sus integrantes, debiendo suscribirla los miembros de ella que conforman dicha mayoría.

Tratándose de empleador o empleadores, la comisión negociadora de la empresa, en cuyo caso debiese suscribir la solicitud la mayoría de los miembros de aquella.

¿Qué duración tiene la mediación obligatoria? Esta tiene una duración de 5 días hábiles irrenunciables por las partes, la que ambas pueden acordar prorrogar por hasta 5 días hábiles adicionales.

De no lograrse acuerdo, termina la labor del Inspector del Trabajo y la huelga debe hacerse efectiva al inicio del día hábil siguiente.

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