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¿Quiénes y cómo pueden postular a los nuevos beneficios de la Ley de Protección al Empleo?

Mujeres, jóvenes y trabajadores con discapacidad son los principales beneficiados del aumento de cobertura y extensión de la vigencia de la Ley de Protección al Empleo.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Domingo 7 de marzo de 2021 a las 14:37 hrs.
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Un reforzamiento al plan de protección al empleo que lanzó el gobierno en septiembre pasado es el que realizó este domingo el primer mandatario, Sebastián Piñera a través de un aumento en los subsidios para fomentar el regreso al trabajo, principalmente orientado a mujeres, jóvenes y personas con discapacidad, los más afectados por la pérdida de puestos laborales durante la pandemia.

En ese sentido, el plan busca reforzar las denominadas líneas: Contrata (nuevos trabajadores contratados), Regresa (trabajadores suspendidos) y Protege (madres o padres a cargo del cuidado de niños menores de 2 años).

De acuerdo a estimaciones del ministerio de Hacienda, la línea Contrata beneficiará a 291 mil trabajadores: 210 mil trabajadores que actualmente están recibiendo el beneficio y 81 mil nuevos empleados adicionales.

En tanto, el denominado subsidio Regresa abarcaría a un total de 90 mil trabajadores: 64 mil trabajadores que actualmente están recibiendo el beneficio y un potencial de 26 mil nuevos trabajadores.

Se estima que el costo fiscal de las modificaciones al subsidio al empleo asciende a cerca de US$ 415 millones, mientras que el programa completo de subsidios al empleo, anunciado en septiembre de 2020, contempla recursos por cerca de US$ 2.300 millones.

A continuación el detalle de los programas y los requisitos para acceder a ellos tanto para las empresas como para los trabajadores. 

¿En qué consiste el subidio Contrata?

  • Es un beneficio entregado directamente a las empresas beneficiarias por cada nueva contratación que realicen.
  • El beneficio equivale a un porcentaje de la remuneración mensual bruta (RMB) del trabajador. Se entrega por hasta 8 o 10 meses, según el tamaño de la empresa, por cada contratación adicional que ésta realice, incrementando así el tamaño de su planilla de trabajadores contratados con respecto a julio de 2020.
  • En el caso de los hombres, el porcentaje del subsidio alcanza el 50% de la RMB del nuevo trabajador, con tope de $250.000 mensuales. En el caso de las mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, personas con discapacidad y beneficiarias de alguna pensión de invalidez, cualquiera sea su tipo; el monto del subsidio se incrementa al 65% de la RMB y el tope se incrementa a $290.000 mensuales.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a este beneficio tanto para las empresas como para los trabajadores?

  • Las empresas deberán incrementar su nómina de trabajadores con contrato vigente respecto de la planilla que tenían a julio 2020 (Planilla de Referencia).
  • Se entregarán tantos subsidios como trabajadores se contraten y sean postulados con éxito, por sobre la mencionada planilla.
  • Las empresas postulantes deben tributar en alguno de estos sistemas: (i) contribuyentes de primera categoría; (ii) pequeños contribuyentes del art. 22 de la Ley de Impuesto a la Renta.
  • Asimismo, los trabajadores respecto de los cuales la empresa postula deben cumplir con los siguientes requisitos: Ser mayores de 18 años; tener una RMB menor a $961.500 (3 ingresos mínimos); no haber trabajado en una empresa que sea parte del mismo grupo empresarial de la empresa beneficiaria con posterioridad al 28 de septiembre de 2020.

¿En qué consiste el subidio Regresa?

  • Se trata de un beneficio entregado directamente a las empresas por cada trabajador suspendido que es reincorporado a sus funciones.
  • Es un beneficio fijo de $160.000 por cada trabajador reincorporado y con una duración máxima de 6 meses. En el caso de las mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, personas con discapacidad y beneficiarias de alguna pensión de invalidez, el monto del beneficio es de $200.000 mensuales.

¿Cuáles son los requisitos para que las empresas y trabajadores postulen?

  • Las empresas deben haber experimentado una caída en sus ventas o ingresos brutos de al menos el 20% en el cuatrimestre abril-julio de 2020, respecto del mismo cuatrimestre del año anterior.
  • También deben tributar en alguno de estos sistemas: (i) contribuyentes de primera categoría; (ii) pequeños contribuyentes del art. 22 de la Ley de Impuesto a la Renta.
  • Los trabajadores respecto de los cuales la empresa postula deben cumplir con los siguientes requisitos: Ser mayores de 18 años; tener una RMB menor a $961.500 (3 ingresos mínimos), no haber trabajado en una empresa que sea parte del mismo grupo empresarial de la empresa beneficiaria con posterioridad al 28 de septiembre de 2020.

¿Cuáles son las características del subsidio Protege?

  • Es un subsidio mensual de $200.000 que se entrega directamente a las madres trabajadoras, dependientes e independientes, que tengan a su cargo el cuidado de niños o niñas menores de 2 años, para que lo destinen al cuidado de los mismos y que no tengan garantizado el derecho a sala cuna por parte de su empleador.

¿Quiénes y cómo pueden acceder a este beneficio y por cuánto tiempo?

  • Pueden acceder al subsidio las madres trabajadoras, dependientes o independientes, que tengan a su cargo el cuidado de un niño o niña menor de dos años; y alternativamente: los padres trabajadores, dependientes o independientes, que tenga el cuidado personal de manera exclusiva, o aquel que se le haya otorgado el cuidado personal de un niño o niña menor de dos años.
  • El beneficio se extiende por 3 meses, renovables mientras se mantenga vigente el estado de excepción con motivo de las condiciones sanitarias de la pandemia del Covid-19 que justifican su implementación. La renovación se realizará mensualmente por un periodo máximo de seis meses.

¿Cuáles son los requisitos para obtenerlo?

  • Para recibir el subsidio, las empresas que postulen al beneficio deben cumplir con los siguientes requisitos: Estar dentro del universo de beneficiarios, haberse reincorporado efectivamente al trabajo, ya sea en modalidad de teletrabajo, a distancia o mixta o cumplir con el siguiente mínimo de cotizaciones: Trabajadoras dependientes: 4 cotizaciones en los últimos 12 meses, debiendo ser al menos una correspondiente al último mes anterior a la postulación. Trabajadoras independientes: haber cotizado como independientes en la última operación renta y no tener derecho a sala cuna por su condición de dependiente.

¿Desde cuándo estarán disponibles estos beneficios (líneas Contrata, Regresa y Protege) y hasta cuándo se puede postular?

  • Estarán disponibles a partir de abril y se amplía hasta el 30 de ese mes su período de postulación.

 

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