Energía

Quintero: ENAP lleva a la justicia a la SMA tras reformulación de cargos

La petrolera asegura que la entidad fiscalizadora emitió “un prejuzgamiento infundado”. Ambos procesos seguirán su curso en paralelo.

Por: Karen Peña | Publicado: Miércoles 28 de octubre de 2020 a las 16:15 hrs.
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El 24 de septiembre, el fiscalizador reabrió el proceso contra ENAP.
El 24 de septiembre, el fiscalizador reabrió el proceso contra ENAP.

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El enfrentamiento entre la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) no cede a poco más de dos años del episodio de contaminación ambiental que afectó a las zonas de Quintero y Puchuncaví.

Luego de que el 24 de septiembre la entidad fiscalizadora decidiera reabrir la investigación del procedimiento sancionatorio y reformular cargos contra ENAP Refinerías, la petrolera estatal escaló el conflicto y presentó el 15 de octubre un recurso de reclamación contra dicha resolución ante el Segundo Tribunal Ambiental.

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En un documento de 70 páginas, ENAP asegura que la SMA ha incurrido en "diversas violaciones a las normas y principios", vulnerando los derechos de la compañía y colocándola en una "situación de indefensión".

Y no sólo eso, sino que además, para continuar manteniendo la tesis de culpabilidad inicialmente planteada por la SMA en contra de de la petrolera, "se venían agregando lo que se calificó de "nuevos hechos", a pesar de que todas las supuestas nuevas infracciones ya constaban abiertamente en el expediente desde varios meses antes de que la propia SMA haya decidido cerrar la investigación".

Por medio de la resolución en cuestionamiento, para ENAP, la SMA concretó "una serie de vulneraciones al debido proceso". Estas estarían constituidas por haber decretado nuevas diligencias para encontrar que a través de ellas argumentos que "pudieran sustentar la declaración de culpabilidad que públicamente realizó el Superintendente" en contra de la firma.

Y agregan: "Además de inmiscuirse en facultades que no son de su competencia, faltó al principio de imparcialidad, emitió un prejuzgamiento infundado y además faltó a su deber de objetividad. Asimismo, dio lugar a la realización de diligencias al margen de la investigación, en total reserva y secreto, faltando a los principios de probidad, transparencia, contradictoriedad, celeridad y no formalización".

Procesos en carril paralelo

En concreto, la petrolera solicitó dejar sin efecto la resolución y que se decrete la medida cautelar conservativa de suspensión total del procedimiento sancionatorio. Pero la acción de ENAP intentó ser detenida por la SMA a los pocos días, ya que el 22 de octubre la entidad fiscalizadora presentó un escrito para que se declarara la inadmisibilidad del reclamo.

Sin embargo, este martes el Tribunal declaró -con el voto en contra del ministro presidente Cristián Delpiano- la admisibilidad del recurso, haciéndose pública la nueva contienda de las partes. Eso sí, no acogió la medida cautelar solicitada por la empresa, por lo que el proceso de reformulación de cargos que impulsa la SMA seguirá adelante en paralelo al del Tribunal.

De hecho, el 26 de octubre la petrolera presentó sus descargos en un extenso documento de 181 páginas donde recalca que "no existen antecedentes serios y rigurosos" para determinar que ENAP Refinerías fue responsable o contribuyó a los episodios de intoxicación en la zona".

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