Telecom/Tecnología

Claro alega discriminación contra inversionistas extranjeros en cumplimiento de fallo por banda 700 MHz

Por: Magdalena Espinosa | Publicado: Jueves 8 de agosto de 2019 a las 13:46 hrs.
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Una hora tomó el Tribunal Constitucional (TC) en escuchar los alegatos que marcarán el desprendimiento de espectro que debe realizar Entel –junto a Claro y Movistar- a raíz de un fallo de la Corte Suprema.

La firma ligada al grupo Hurtado Vicuña fue en enero hasta esta sede, pidiendo que se declare inconstitucional un artículo del DL 211 que norma materias de libre competencia y que, en la práctica, les impide elevar a la Corte Suprema una decisión del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC).

En el proceso participa Claro, firma ligada a Carlos Slim que expresó su profunda preocupación por la desigualdad arbitraria que se generó tras este requerimiento de Entel, el cual fue aceptado por el tribunal, suspendiendo el desprendimiento de banda que debe realizar, algo que no aplica para la mexicana y Movistar.

“Al limitar la suspensión (del desprendimiento) sólo a Entel  se podría llegar a generar un grave desequilibrio competitivo en el mercado de las telecomunicaciones, como lamentablemente estaría ocurriendo ahora producto del cronograma que presentó Subtel”, dijo el representante de Claro, Francisco Blavi, socio de Pellegrini y Cia.

A juicio del experto, hay una desigualdad que se desencadenó entre las compañías que afecta a inversionistas extranjeros, porque está próximo a vencer el plazo para que Claro y Movistar definan cuáles de las opciones dadas por la autoridad seguirán para cumplir la medida.

“No podemos callarnos frente a la enorme disparidad competitiva que forzaría a Claro y Movistar a desprenderse antes que su competido nacional”, mencionó el abogado.

El fallo de la Corte Suprema de mediados del año pasado acogió una demanda de Conadecus ante el TDLC, estableciendo que estas tres empresas deben liberar el equivalente al espectro adjudicado en la banda 700 MHz, que sirvió para montar la tecnología 4 G.

Blavi agregó que “esa discriminación por parte del Estado de Chile y especialmente de Subtel es sumamente grave tratándose de inversionistas extranjeros y por lo mismo, hacemos expresa reserva del derecho de iniciar las acciones domésticas e internacionales según los tratados vigentes, incluyendo las disposiciones de libre comercio entre las repúblicas de Chile y los Estados Unidos Mexicanos”.

Conadecus rechazó las acusaciones de discriminación de Claro, dado que esta empresa no presentó un recurso de inaplicabilidad ante del TC y que en el caso de Movistar su escrito no cumplía con los requisitos exigidos por el tribunal.

“Un fallo complejo”

Dado que la Corte Suprema declaró inadmisibles recursos similares a los de Entel –donde Movistar y Claro iban de reclamación para determinar si deben desprenderse de las bandas aun cuando se están modificando los límites-, Entel se adelantó antes de correr la misma suerte y fue a TC.

En los alegatos, pidió que se dejen sin efectos los artículos que les impiden que el máximo tribunal vuelva a ver el caso, en base a fundamentos como el resultado que tendría aplicar la medida en las compañías, dado que no será reversible.

En su exposición, el representante de la firma nacional, Alex Van Weezel, socio de Claro y Cia. expresó que “se trata de un fallo complejo y que manda una secuencia de acciones, donde depende del orden que se tome, altera el producto final”.

A su juicio, no es necesario seguir el orden establecido en el fallo de la Suprema, dado que el desprendimiento estaba antes que una revisión de los límites de bandas. Esto, porque “de modificarse el límite de espectro, no sólo –Entel- no deberá desprenderse, sino que podría adquirir más frecuencia”, explicó Van Weezel.

El abogado de Conadecus, Cristián Reyes, dijo que se estaba haciendo una instrumentalización del tribunal pues la estrategia es “una especie de creación de ley, a través de un recurso de inaplicabilidad”.

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