Pensiones

El abc del retiro de fondos: La forma de pago, quiénes podrán acceder y los impuestos... así quedó el proyecto tras el maquillaje en el Senado

Por: Felipe Brion | Publicado: Martes 21 de julio de 2020 a las 11:17 hrs.
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Tras una extensa jornada en la Comisión de Constitución del Senado, el proyecto que reforma la carta magna para permitir el retiro de parte de los fondos de pensiones quedó listo para ser analizado por la sala de la cámara alta. Pero lo que votarán los senadores el próximo miércoles no será lo mismo que fue aprobado hace una semana por los diputados, ya que tras analizar 15 indicaciones se introdujeron especiaciones a la iniciativa.

¿Quiénes pueden sacar el 10%?

Una de las indicaciones que no prosperó era la de los senadores UDI José Miguel Durana y David Sandoval, quienes proponían que el retiro del 10% fuera exclusivo para personas que hayan tenido una reducción de los salarios como efectos de la pandemia. La negativa en la votación estableció que todas las personas podrán hacer uso de la ley. Es más, se acordó además ayer que el concepto de "afiliados" que tiene el texto considere a toda persona que pertenezca al sistema de pensiones, por lo que los jubilados también podrán retirar recursos de sus cuentas individuales.

Monto a retirar 

La comisión no hizo revisión de los montos que podrán retirar, por lo que tal como quedó establecido en la Cámara de Diputados, se podrá sacar desde la AFP el 10% de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, con un monto máximo de 150 UF (unos $ 4,5 millones) y un mínimo de 35 UF (cerca de $ 1 millón), pero con la salvedad que si se tiene menos de un millón en la cuenta se puede extraer la totalidad de los ahorros, o si el 10% es menos de un millón se podrán retirar hasta ese monto.

¿Pagarán impuestos?

El concepto de bicicleta tributaria se instaló como una de las derivadas que podría darse si todos tenían acceso al 10%, ya que se podría dar que los altos ingresos sacaran recursos de la AFP para colocarlos en un APV y descontar impuestos. La comisión analizó el punto, pero descartó que el retiro tuviera un impuesto.

Forma de pago

La instancia que terminó pasada la medianoche dio mayores lineamientos de cómo las AFP entregarán a los afiliados los recursos. Primero, se estableció que una vez que salga la ley se tendrá un año para solicitar el 10% a las administradoras, quienes tendrán que brindar el soporte digital, telefónico o presencial para la operación. Además, tras una indicación de la senadora Ximena Rincón se estableció que los recursos se transferirán automáticamente a una "Cuenta 2 de la AFP", la cual no tendrá cobro de comisión de administración ni costo alguno, o a una cuenta bancaria.

Además se precisó que el pago se hará en dos cuotas, siendo la primera de ellas transferida 10 días hábiles tras la solicitud.

Fondo Colectivo

Pese a que fue rechazado por la Cámara de Diputados, una indicación del senador Latorre, volvió a incluir en el proyecto la creación del Fondo Colectivo Solidario de Pensiones, instancia que tiene como finalidad restituir los recursos que los afiliados retiren de su cuenta de capitalización individual.

El texto establece que el Presidente de la República tendrá un plazo de un año para enviar al Congreso la proposición de cómo se hará y el financiamiento que tendrá el fondo.

Inembargables e inexpropiables

Uno de los puntos que más discusión generó fue la indicación de los senadores Durana y Sandoval, en el cual se le agrega al proyecto que los fondos previsionales de los afiliados del sistema de pensiones ahorrados tanto en forma obligatoria como voluntaria, "serán inembargables e inexpropiables".

 Mira aquí el texto oficial completo.

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