Pensiones

Modelo pide que se rechace recurso de protección presentado en su contra por retraso en pagos del 10%

Administradora fue blanco de críticas durante la primera etapa del retiro de los fondos previsionales.

Por: Constanza Ramos Taky | Publicado: Miércoles 26 de agosto de 2020 a las 12:32 hrs.
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Luego que el miércoles pasado, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt admitiera el recurso de protección presentado por una afiliada contra AFP Modelo por no pagar el 10% en plazo legal, este lunes, la administradora redactó un pequeño informe y le pidió a la Corte que rechazara el recurso.

La AFP indica que la afiliada realizó la solicitud el 30 de julio y argumenta que con fecha del 18 de agosto ya había recibido su pago correspondiente. 

Específicamente, Nadia Sáez presentó el recurso debido a que el 30 de julio solicitó en el formulario dispuesto por Modelo el retiro del 10% de sus fondos de pensiones. Sin embargo, Sáez alegó que el 6 de agosto se confirmó su solicitud mediante correo electrónico, señalando que su pago había sido aprobado por un monto total de $ 1.618.956 en una cuota, y que el pago se efectuaría el 13 de agosto. La afiliada afirma que a la fecha de interposición del recurso el dinero aún no se veía reflejado en su cuenta, "considerando que aquello constituye un acto ilegal y arbitrario de AFP Modelo".

En su informe, Modelo explica que efectivamente, con fecha 30 de julio, Sáez realizó una solicitud de retiro del 10% de sus fondos de previsionales. No obstante, indica que "hacemos presente que, atendido el importante flujo de solicitudes ingresadas los días 30 y 31 de julio, y al reducido tiempo con el que contaba esta administradora para implementar las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Pensiones en sus Oficios que más adelante se detallarán, se produjeron inconvenientes en la acreditación y procesos operativos de dichos pagos, situación que ya se encuentra subsanada y regularizada".

Dicho lo anterior, la AFP aclara que "informamos que con fecha 18 de agosto del presente año, se hizo efectivo el respectivo pago en la cuenta Rut informada por nuestra afiliada para estos efectos". 

Finalmente, en el documento la administradora declara que "consecuentemente con lo expuesto y atendido que ya se efectuó el pago a la recurrente, de acuerdo a lo establecido en la Ley 21.248, solicitamos que el presente recurso de protección, sea rechazado en todas sus partes, con expresa condena en costas". 

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