Andrés Sanfuentes

Derecho a huelga y sindicalización de los empleados públicos

Por: Andrés Sanfuentes | Publicado: Jueves 12 de marzo de 2015 a las 04:00 hrs.
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Recientemente, la ministra del Trabajo anunció el envío de un proyecto de ley para "institucionalizar la negociación colectiva en el sector público", como parte de la Agenda Laboral del Gobierno, tema que no fue incluido en el proyecto de ley que se encuentra en tramitación en el Congreso porque corresponde a una materia de diferente naturaleza. En efecto, su aprobación requeriría cambios en la Constitución, el Estatuto Administrativo y la Ley de Seguridad Interior del Estado, que prohíben expresamente el derecho a huelga y la sindicalización de los funcionarios públicos. Aún más, el serio atraso de las normas que rigen a este sector hacen necesario efectuar un profundo cambio en las políticas que regulan a estos trabajadores, modificaciones que se han postergado por muchos años y que requieren una reforma de fondo, pues la actual situación no puede describirse sino como caótica.


Mientras el sector estatal no ha hecho una revisión de su régimen laboral, el país ha tenido profundos cambios y la modernización del Estado ha quedado cada vez más atrasada. La obsolescencia legal puede ejemplificarse en que, a pesar de las prohibiciones, los paros de actividades son frecuentes y gozan de impunidad y las negociaciones anuales de remuneraciones y otros beneficios se realizan a nivel ministerial y con ausencia de objeciones.


El nuevo régimen debe partir por realizar una serie de difíciles definiciones, comenzando por establecer quiénes son considerados como empleados públicos. Una estimación de la Dipres para 2003 calculaba en alrededor de 520.000 personas. Sin embargo, se incluían las universidades estatales y las empresas estatales que están acogidas a sus propios sistemas, incluso en algunos casos al Código del Trabajo. El resto, algo más de 446.000 trabajadores, esta compuesto por tres grupos especiales: a) el Gobierno Central con 156.000; b) los Gobiernos locales con 186.000; y c) las FFAA y de Orden, 105.000.


Considerando las características especiales de los uniformados, podemos excluirlos de este análisis, como asimismo a los municipios, pues la revisión de la educación municipal llevará a un cambio de su situación.
Por lo tanto, se puede restringir al Gobierno Central, compuesto por los trabajadores de 5 instituciones, que en 2011 sumaron 207.446 trabajadores: la Administración Central con el 91,8%; el Poder Judicial, el 5,0%; el Ministerio Público, el 1,8%; la Contraloría General de la República, el 0,9%; y el Congreso Nacional, el 0,5%. La primera decisión es la titularidad sindical, quiénes los representan y las materias que se podrían negociar colectivamente.


Otro tema relevante y conflictivo es establecer quiénes serían los favorecidos en la negociación colectiva, dada la actual anarquía en la situación de los empleados públicos, ya que las antiguas categorías de funcionarios de planta, a contrata y a honorarios se ha complejizado de una manera creciente mediante normas especiales, por agregación, se ha diversificado en una complejidad extrema. Estas alteraciones se han agudizado por el uso de las leyes de presupuestos para realizar cambios, muchas veces transitorios. Por ejemplo, la política llevada a cabo por Hacienda de mantener estables los cargos de planta ha provocado el crecimiento de "las contrata", incluso estableciendo sistemas mixtos, de tal forma que mientras en 2002 el 53,6% estaba en la planta, este porcentaje se redujo al 38,4% en 2013. El problema es que la mayoría del personal a contrata y otros trabajadores carecen de derechos laborales básicos, como es la permanencia en el empleo, lo cual los hace vulnerables a arbitrariedades de autoridades transitorias.


La situación más extrema ocurre con los trabajadores a honorarios, que tienen menos derechos laborales que los temporeros.


Por lo tanto, la situación de los funcionarios públicos no se reduce solo al derecho a huelga y a sindicalización, sino que se hace necesario un examen y cambios integrales de su situación, lo cual presenta dificultades estratégicas y legales muy complejas, pero que no se pueden evitar.
El Estado debe dejar de ser "el peor empleador de Chile".

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