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Con el foco puesto en la libre competencia

Vanessa Facusse y Ana María Montoya, integrantes de la Red ProCompetencia comentan sobre el impacto en la competencia si el Estado sale a rescatar grandes compañías.

Por: Vanessa Facusse y Ana María Montoya | Publicado: Lunes 30 de marzo de 2020 a las 04:00 hrs.
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Vanessa Facusse y Ana María Montoya

La crisis del COVID-19 está teniendo un gran impacto en la economía y por ello el Gobierno ha dictado medidas, por ejemplo, en materia laboral y tributaria, que apuntan a disminuir el riesgo de desempleo y apoyar a las PYME.

En este contexto, se plantea si el Estado debería ayudar también a las grandes empresas que, producto de la crisis, se encuentran en una situación insostenible y de potencial quiebra. Al respecto, la Comisión Europea dispone que las fórmulas de intervención estatal son dos: ayudas de salvamento (como préstamos y avales) y de reestructuración. Las primeras son de carácter urgente y permiten a la empresa mantenerse a flote por un tiempo, mientras prepara su reestructuración o liquidación. Las segundas, en cambio, tienen una pretensión de estabilidad y buscan volver a darle vida a la compañía prestando asesoría y ayuda económica.

Desde la perspectiva de la libre competencia, este tipo de intervenciones pueden poseer un elemento distorsionador. Ello, porque las reglas del mercado suponen que las empresas “ineficientes” deben salir de él, y porque el Estado no debe privilegiar a unos por sobre otros, sino garantizar que todos los competidores puedan actuar bajo las mismas condiciones. Por eso la Comisión, consciente de que procede efectuar ayudas públicas, pero que éstas pueden poseer un componente distorsionador, establece criterios de necesidad, proporcionalidad, no discriminación y prevención de distorsiones de la competencia.

Un buen ejemplo es lo ocurrido en 2008 con la crisis subprime. En Estados Unidos se utilizó como mecanismo el Troubled Asset Relief Program (TARP), en el cual su Departamento del Tesoro estaba facultado para comprar millones de dólares en activos de los bancos a fin de inyectarles capital, lo que es equivalente a una compra de acciones, para luego ser vendidos una vez que la crisis pasara. En Chile se licitaron depósitos estatales a fin de invertirlos en la banca, para inyectarle liquidez y tratar de impulsar la actividad crediticia.

Así, existen mecanismos de inversión estatal que permiten enfrentar crisis profundas temporales para minimizar los efectos de largo plazo en los mercados. El cómo se asignan dichos recursos (escasos) es lo relevante en materia de libre competencia:¿bajo qué criterios se realizarían las inversiones o préstamos estatales hacia estas grandes empresas?

Si el Gobierno considera necesario brindarles ayuda es importante, por ejemplo, que tal garantía no sea susceptible de ser obtenida por la empresa respecto de ningún inversor privado dentro del mercado o por sus accionistas; la proporcionalidad, en el sentido de que la medida esté destinada a facilitar el desarrollo de determinadas actividades o de determinadas regiones económicas; y no discriminar, en el caso de diversas empresas o rubros que compitan en el mercado, como la banca y el retail financiero.

Por último, es relevante considerar que este tipo de medidas debe buscar mantener el nivel de competencia que existía previamente y no empeorarlo generando condiciones asimétricas de acceso al financiamiento.

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