Editorial

Despidos por necesidad de la empresa

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El 90% de los despidos por la causal de “necesidades de la empresa” son declarados injustificados por los tribunales de justicia.

Así lo determinó un estudio del Observatorio Judicial, el cual analizó más de mil sentencias dictadas durante el primer semestre de 2016 en el primer y el segundo juzgados de letras del trabajo de Santiago.

Esto es es grave. Significa que una causal de despido contemplada por el legislador no está recibiendo reconocimiento jurisprudencial. Conviene recordar que la causal fue incorporada en 1990, como un modo de otorgar al empleador una salida para ajustar su operación a los vaivenes de la economía.

Con todo, al invocar la causal, el empleador debe pagar una indemnización. De este modo, el legislador buscó equilibrar dos bienes jurídicos: por una parte, la protección al trabajador y, por la otra, la necesaria flexibilidad requerida en el funcionamiento de la empresa, protegiendo, de este modo, no sólo el empleo, sino también la fuente de empleo.

Cuando los jueces hacen que esta causal sea prácticamente inexistente -recargando en un 30% el monto de la indemnización- no sólo desconocen el equilibrio buscado por el legislador. Además, dejan a los empleadores sin ninguna alternativa ajustada a derecho para acomodar la actividad de su empresa a los cambios económicos, forzando la inamovilidad laboral.

Lo anterior invita a buscar una solución: o bien los jueces respetan el diseño original de la ley o, más temprano que tarde, se hará necesario modificar la legislación, ajustándola a los requerimientos de la economía en el siglo XXI.

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