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Cartas a la Directora

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Repensando la indemnización por años de servicio

Señora Directora:

Muchos abogados laboralistas vemos con buenos ojos sistemas de indemnización a todo evento que se financien por la vía de una cotización obligatoria. De hecho, eso hace que en Chile la litigación de los trabajadores de casa particular tienda a ser menor, aunque de todas maneras no se elimina.

Sin embargo, no pocas veces las cotizaciones que financia el empleador suelen ser desnaturalizadas, produciéndose un doble pago en materias que no lo debieran. El caso más grave, actual y conflictivo es el aporte del 1,6% sobre las remuneraciones que son de cargo del empleador en el sistema AFC para financiar el seguro individual de cesantía.

Sabemos estadísticamente que cerca del 90% de los casos de despido por necesidades de la empresa, dadas las restricciones jurisprudenciales en la aplicación de la causal, los pierden los empleadores, y por lo mismo, no están siendo admitidos a descontar el AFC cotizado. Esto ha generado un incentivo a la litigación, porque además del 30% de recargo si se cae la causal de necesidades de la empresa, el empleador no podrá descontar el AFC aportado, que suele ser importante cuando han pasado años de cotización.

Antes de legislar a la rápida, sería necesario dictar una ley complementaria en el sistema de AFC, que elimine la idea de que el descuento se restringe al uso de una causal específica de terminación, señalando que cualquier cantidad cotizada por el empleador podría ser siempre descontada y abonada a la indemnización que finalmente deba pagar, sea por finiquito mutuamente acordado o por fallo judicial independiente de la causal aplicada.

Tal vez la respuesta en estas materias sea simplemente trabajar aumentando la cotización del empleador en el sistema AFC, permitiendo que todo lo que él aporte pueda ser descontado, sin necesidad de complejizar más las cosas y sin abrir más flancos de interpretación. Sobre todo, cuando se dice que lo que se piensa hacer es una especie de sistema paralelo a lo que existe, agregando un tercer sistema.

Sergio Espinoza Riera
Abogado Puga Ortiz

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