Ana María Montoya

Medios de pago: incumbentes vs. entrantes

Ana María Montoya Economista, Red ProCompetencia

Por: Ana María Montoya | Publicado: Viernes 6 de agosto de 2021 a las 04:00 hrs.
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En pandemia, los pagos a través de medios electrónicos y transferencias en e-commerce han aumentado mucho, gracias -en parte- a nuevas soluciones desarrolladas por firmas Fintech como iniciadores de pago. Esto ayuda a utilizar las transferencias como medio de pago, permitiendo reducir el uso del efectivo y aumentando la inclusión financiera en medios de pago electrónicos.

Lamentablemente, estamos empezando a ver en Chile lo mismo que ocurrió en otros países: fricciones entre incumbentes y actores entrantes en relación al acceso, que dieron lugar a controversias ante autoridades de libre competencia y, en definitiva, a modificaciones al marco regulatorio de Open Banking.

En 2016, la autoridad federal de competencia alemana (Bundeskartellamt) declaró la ilegalidad de ciertas cláusulas en los contratos de bancos germanos con sus clientes, que les prohibían usar sus credenciales de autenticación para banca en sistemas de pago no bancarios, para tener acceso a sistemas de terceros, como los iniciadores de pago. Estas normas estaban en las “Condiciones Especiales para la Banca en Línea”, fijadas por el “Comité de la Industria Bancaria Alemana” por recomendación de las principales asociaciones bancarias.

Si bien los bancos invocaron la protección de la seguridad de la banca en línea, se determinó que la práctica era anticompetitiva bajo la ley alemana y europea.

La autoridad estimó que dichas cláusulas habían impedido y obstaculizado significativamente el uso de soluciones de pago innovadoras y no bancarias para la compra de bienes o servicios en Internet. Por su parte, se señaló que los proveedores de estas soluciones de pago habían desarrollado una oferta de servicios que proporcionaba una alternativa de menor precio a las soluciones de pago ya establecidas, y habían respondido a las necesidades de los clientes y comercios online con una opción de pago barata y rápida.

Este caso nos muestra que es relevante que un marco regulatorio de finanzas abiertas contemple condiciones y resguardos ante eventuales prácticas que limiten la interconexión con iniciadores de pagos. Así se aprecia en la jurisprudencia comparada, donde fue necesario el involucramiento por parte de autoridades de competencia y cambios regulatorios -como la modificación del reglamento de directiva de pagos europea- para evitar restricciones al acceso, y a fin de garantizar la seguridad en el uso. En estos momentos de pandemia, en países que poseen el marco de finanzas abiertas en operación como Reino Unido, el uso de medios de pago vía API aumentó en un 800% aproximadamente entre marzo y julio de 2020.

¿Es ésta una realidad cada vez más latente en Chile? Se trata de un ejemplo muy concreto de cómo la regulación financiera debe adaptarse a los desarrollos tecnológicos de los mercados y conocer las dinámicas de competencia que se generan entre competidores para diseñar marcos regulatorios seguros, pro competitivos y que estén al beneficio de los usuarios cuando más lo necesitan.

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