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Otros aspectos de la propuesta tributaria de Michelle Bachelet

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Para reducir la evasión y elusión, Michelle Bachelet plantea en su programa de gobierno “incorporar al Código Tributario una Norma General Anti-elusión, que permita sancionar a aquellos que incurran en esta práctica sólo por razones tributarias, y no por la naturaleza de su actividad económica, así como también a aquellos asesores tributarios que colaboren con el diseño de planificaciones tributarias agresivas”.

Nadie duda sobre la importancia de combatir la evasión. Minimizarla constituye una alternativa real a subir impuestos y permite al Estado, con los recursos recaudados, el desarrollo de diversas políticas públicas. Para contribuir a reducir la evasión es importante que la acción fiscalizadora sea eficaz y que la estructura de sanciones produzca el efecto disuasivo esperado, junto con realizar los esfuerzos del caso para simplificar la estructura tributaria.

Sin embargo, muy distinto es que se nos prohíba realizar conductas legales y racionales, como la abstención y el ahorro tributario que nada tienen de artificioso. Una norma general anti-elusión, como la propuesta, persigue conocer la sustancia económica de la operación, y/o -dependiendo qué versión se adopte- el propósito real de la misma (razones de negocios por ejemplo), haciendo a un lado las ventajas fiscales, para validarla. Es evidente que la propuesta es sumamente compleja. ¿A qué supuestos se aplicará? ¿Qué tests se usarán? Si se elige estructurar una transacción sobre la base de las legítimas ventajas fiscales que pueda representar una alternativa económica-jurídica por sobre otra, ¿será objeto de sanción? ¿Será posible hacer un uso racional de los instrumentos tributarios disponibles y en qué medida? Una norma general, que no puede distinguir entre quienes abusan de las normas o se valen de fraude a la ley de quienes hacen uso de planificaciones tributarias legítimas, generará indefiniciones que no se condicen con la precisión exigible en materia tributaria y terminará por generar paralización. Normas como estas conceden, asimismo, un inmenso poder a la administración tributaria y suelen trasladar la carga de la prueba al contribuyente que deberá demostrar a la autoridad su buena fe, lo que es muy gravoso.

Nadie tiene la obligación de elegir el camino más costoso para sus intereses y la jurisprudencia de diversos países ha consagrado el derecho de los contribuyentes a la elección de las formas jurídicas más benéficas tributariamente para los mismos. Por ello, la propuesta y la generalidad con la que ha sido presentada no proporcionan un adecuado grado de seguridad jurídica a los contribuyentes.

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