Editorial

Reglamentos del Sernac financiero

Hace algunas semanas el gobierno promulgó el proyecto del Sernac financiero, uno de los más destacados por la actual administración, entre otras cosas, por tratarse de una promesa de campaña electoral.

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Hace algunas semanas el gobierno promulgó el proyecto del Sernac financiero, uno de los más destacados por la actual administración, entre otras cosas, por tratarse de una promesa de campaña electoral.

En esta etapa, los actores del sistema financiero están trabajando con la autoridad en los cuatro reglamentos que se deben dictar y que finalmente definirán la aplicación práctica de la ley para bancos y empresas de retail.

Los reglamentos que Economía -con el apoyo de la Superintendencia de Bancos- debe dictar se refieren a información al consumidor sobre tarjetas de crédito, préstamos de consumo e hipotecarios, además del sello Sernac.

Pero en la banca han ido surgiendo una serie de dudas. Entre otros puntos que generan inquitud están los mandatos irrevocables, los mandatos en blanco y cómo justificar la negativa a un producto financiero solicitado por un cliente.

En el caso de la negativa a los créditos, para la banca el reglamento tiene que esclarecer qué parámetros usar para fundamentar la negativa, tales como Dicom, por lavado de dinero o exceso de endeudamiento.

Los aspectos que preocupan al sector son relevantes considerando no sólo el respeto a los perfeccionamientos que vienen en el espíritu de la ley que otorgó más atribuciones al Sernac en materia financiera, sino que, sobre todo, porque imprecisiones en esta materia pueden generar trabas en la actividad crediticia. 
En un escenario de desaceleración económica e incertidumbre por la situación externa, es relevante que las autoridades competentes den prioridad a criterios técnicos para la elaboración de los detalles de los reglamentos.

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