Pese a la resistencia de algunos partidos, la Cámara Baja despachó a ley la reforma política que endurece los requisitos para formar partidos políticos y regula el comportamiento de sus representantes en el ámbito administrativo en el Congreso Nacional.
Uno de los principales cambios establece que, para existir como partido político, las colectividades deberán constituirse legalmente en, al menos, ocho regiones. La legislación vigente permite hacerlo en un mínimo de tres regiones geográficamente contiguas.
El informe de la iniciativa, que busca poner freno a la fragmentación política en el Congreso y que el 24 de septiembre fue visado por el Senado, fue aprobado este miércoles por la Cámara por 125 votos a favor, 12 en contra -la mayoría provenientes de la bancada de diputados comunistas- y dos abstenciones. Con ello, quedó despachada a ley la reforma ingresada a trámite legislativo en 2025 por el entonces ministro del Interior, Álvaro Elizalde (PS).
Uno de los puntos que generó mayor debate fue la norma que establece que la declaración de principios de los partidos políticos “deberá expresar su condena al establecimiento de un sistema totalitario, al uso de la violencia, propugnarla o incitarla como método de acción política. Asimismo, deberá afirmar su compromiso con la probidad y transparencia de la actividad política”. Pese a los reparos expresados durante la discusión, la disposición se mantuvo en el texto.
Además de constituirse en al menos ocho regiones, un partido en formación deberá contar con afiliados equivalentes, al menos, al 0,3% del electorado con derecho a sufragio que haya votado en la última elección de diputados en cada una de las regiones donde se esté conformando. Actualmente, ese umbral es de 0,25%.
Desincentivar la renuncia a partidos entre parlamentarios
En materia de disciplina partidaria, la reforma que modifica diversos cuerpos legales, para promover la gobernabilidad y la representatividad del sistema político establece que “se considerará infracción grave a la disciplina interna el incumplimiento de los acuerdos del comité parlamentario del que formen parte los diputados o senadores, según corresponda”.
Además, tener representación parlamentaria será uno de los nuevos requisitos que deberán cumplir los partidos para acceder a los aportes del Estado.
También se establece que si un parlamentario electo como afiliado a un partido político renuncia a esa colectividad, la organización continuará recibiendo el total del aporte que recibía por ese parlamentario, independientemente de si este legislador opta por militar o no a otra colectividad política. Con ello se busca desincentivar que los parlamentarios que postulan al Congreso representando a un partido político, renuncien a él durante su periodo legislativo, inscribiéndose de inmediato en otro. Algo que últimamente ha ocurrido de manera asidua.
Otro de los cambios establece que el Servicio Electoral (Servel) no efectuará transferencias a los partidos que mantengan multas impagas al Fisco, determinadas en un procedimiento administrativo sancionatorio, o cuyas cuentas o balances anuales no hayan sido aprobados por el organismo.