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SII informa que ya comenzó a regir el nuevo IVA a los servicios digitales

Adicionalmente, a partir de este lunes 1 de junio los contribuyentes podrán realizar online el 100% de sus trámites relacionados con el ciclo de vida de sus actividades.

Por: Sebastián Valdenegro | Publicado: Lunes 1 de junio de 2020 a las 17:05 hrs.
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El Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que a partir de hoy comenzaron a regir las nuevas  medidas de la ley que modernizan el sistema tributario, entre las más destacada está la aplicación del nuevo IVA a los servicios digitales y la posibilidad de que el 100% de los trámites relacionados al "ciclo de vida" del contribuyente se puedan realizar de manera digital.

Esto, luego de que el SII publicara el marco normativo necesario, realizando los procesos de consulta pública correspondientes, "junto con desarrollar y adaptar las aplicaciones informáticas asociadas, para poner a disposición de los contribuyentes toda la información necesaria, facilidades y procedimientos para permitir el cumplimiento de las nuevas responsabilidades tributarias de forma oportuna e informada", señaló el organismo en un comunicado.

IVA a los servicios digitales

A partir de hoy, los proveedores de servicios digitales, sin domicilio ni residencia en Chile, deberán cumplir con su obligación de declarar y pagar el IVA a los servicios digitales que incorporó la Ley N°21.210.

Por ello, ya se encuentra disponible en www.sii.cl una plataforma que les permite registrarse, obteniendo un "Tax ID Number" (número de identificación tributaria) y una clave para cumplir con la nueva obligación. En la aplicación, los contribuyentes pueden seleccionar la moneda (euro, dólar o pesos) y periodicidad con que van a realizar el pago, que puede ser mensual o trimestral.

"Como parte de su estrategia de cumplimiento tributario, el servicio se encuentra realizando acciones de apoyo y orientación a estas empresas, a través de reuniones de los equipos técnicos y normativos del SII con los contribuyentes que deberán cumplir con esta obligación. Ello con el objetivo de explicar el proceso y aclarar sus dudas, acción que ha sido muy valorada, y que se mantendrá, continuando los contactos y la disposición a reunirse con cualquier contribuyente que lo requiera", aseguró la entidad liderada por Fernando Barraza.

Trámites 100% online

Adicionalmente, a partir de hoy los trámites asociados al ciclo de vida de los contribuyentes, tales como inicio de actividades, modificaciones y término de giro, podrán efectuarse 100% en línea a través de www.sii.cl, mediante una carpeta tributaria electrónica.

Para ello, se habilitó una plataforma en el menú de Servicios Online de la citada web, que permite iniciar el trámite, adjuntar la documentación requerida e interactuar de manera remota con un funcionario, si es necesario, para concluir la solicitud en línea.

"Para apoyar este proceso, el servicio entregará especial apoyo a los contribuyentes desplegando, a través de sus canales remotos, toda la orientación y ayuda que se requiera para acompañar el cambio. Lo anterior se hace hoy más necesario en el marco de la situación de emergencia que vive el país, ya que al realizar un trámite online se evita la concurrencia a las oficinas del SII", complementó el servicio.

Asimismo, en la sección personalizada del contribuyente "MiSii" están disponibles nuevas opciones como la posibilidad de obtener certificaciones o copias en formato electrónico de documentos presentados por el contribuyente ante el servicio, y también la posibilidad de acceder a sus anotaciones. Adicionalmente, el contribuyente recibirá copia de sus notificaciones a su correo electrónico.

Ajustes a la RAF y devolución de crédito fiscal IVA

En tanto, el SII implementó cambios a la Revisión de la Actuación Fiscalizadora (RAF) que establece la ley, y que implican que el procedimiento se lleve en un expediente electrónico, facilitando la solución de vicios o errores manifiestos y evitando dilaciones innecesarias. Asimismo, se establece un plazo de 60 días desde la presentación de la petición administrativa para que el SII resuelva la solicitud.

Además, se establece un nuevo procedimiento a través del sitio web del SII para que cualquier contribuyente pueda realizar consultas normativas al director del servicio, definiendo la forma y plazos en que se emitirá la respuesta.

Finalmente, las solicitudes de devolución de crédito fiscal de IVA del artículo 27 bis de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (LIVS), que antes se realizaban en papel en las oficinas del SII, desde ahora podrán realizarse a través de internet.

Adicionalmente, la ley disminuyó el plazo en que el servicio debe pronunciarse sobre dicha solicitud de devolución, de 60 a 20 días hábiles contados desde la fecha en que reciba los antecedentes correspondientes.

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