Laboral & Personas

Habitat acusa que sanción de la SP es ilegal e inconstitucional

AFP presentó un reclamo de ilegalidad contra el regulador, donde además pide que se retire la multa o se rebaje.

Por: | Publicado: Jueves 29 de octubre de 2020 a las 04:00 hrs.
  • T+
  • T-
Cristián Rodríguez, Presidente de AFP Habitat. Osvaldo Macías, Superintendente de Pensiones.
Cristián Rodríguez, Presidente de AFP Habitat. Osvaldo Macías, Superintendente de Pensiones.

Compartir

Siguen los efectos colaterales por el rescate de los fondos previsionales y, esta vez, la afectada es la Superintendencia de Pensiones (SP).

El viernes pasado, AFP Habitat interpuso un reclamo de ilegalidad en contra del regulador, por la multa de 2.000 UF ($ 57,6 millones aproximadamente) aplicada el 7 de octubre.

La AFP ligada a la Cámara Chilena de la Construcción (CChC) envió el 8 de julio una carta a sus afiliados, donde manifestó su opinión respecto del entonces proyecto del rescate del 10%, hecho por el cual fue multada.

De acuerdo con el regulador, Habitat realizó una infracción al exceder “el objeto único y exclusivo de una AFP y las reglas sobre publicidad”.

El abogado representante de Habitat, Rodrigo Díaz de Valdés del estudio Baker McKenzie, solicitó a la Corte de Apelaciones de Santiago, que se deje sin efecto la sanción y que se desestimen los cargos formulados; o en subsidio, que se rebaje la sanción a la pena de censura o bien, a la mínima multa que la Corte determine conforme a Derecho.

Tras ser consultada al respecto, la SP señaló que el recurso está en revisión.

“Por lo tanto, no podemos pronunciarnos. Oportunamente responderemos a Habitat”, indicaron.

Grave infracción a la libertad de informar

Dentro de los argumentos, se alega que la SP ha impuesto de forma ilegal una sanción a Habitat, dado que -según la defensa- el regulador carece de atribuciones para aplicar una multa por una carta.

A juicio de la administradora, la multa también sería inconstitucional porque se presenta “como una grave infracción a la libertad de informar de AFP Habitat, por cuanto constituye una censura ilegitima por parte del ente fiscalizador que atenta contra el artículo 19 N° 12 de la Constitución Política”.

“La Superintendencia no puede pretender que AFP Habitat se mantenga muda y pasiva frente a un cambio de trascendental importancia en el sistema previsional y que afecta gravemente a sus afiliados. (...) AFP Habitat tiene la obligación y el derecho a expresarse, como lo ha realizado en otras discusiones de políticas públicas y de mejoramiento del sistema, siendo ésta la primera vez – y esperamos la última- que se sanciona a una AFP por este tipo de intervenciones legítimas”, puntualiza la defensa en el recurso.

Lo más leído