Laboral & Personas

¿Se atiende en las oficinas? Hacienda e Interior definen cómo se aplicará teletrabajo en el sector público por coronavirus

Pronunciamiento se da luego de que desde la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) pidieran tomar medidas sanitarias en el sector público.

Por: Carolina León | Publicado: Jueves 19 de marzo de 2020 a las 11:40 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

El pasado martes, la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) envió una carta al presidente de la República, Sebastián Piñera, pidiendo al Ejecutivo tomar medidas más eficientes para hacer frente a la crisis sanitaria producida a raíz del brote de coronavirus en el país.

A raíz de esto, en la noche de ayer, los ministerios de Interior y Hacienda hicieron público un oficio circular en el que entregaron los lineamientos para que el sector público implemente el trabajo remoto y así disminuir las posibilidades de contagios en las entidades públicas.

Así, el documento comienza señalando que los jefes superiores de servicio podrán establecer en forma extraordinaria y por un tiempo definido "mecanismos de trabajo remoto para todos los funcionarios y servidores cualquiera se naturaleza de su vínculo jurídico laboral. Lo anterior, con el objeto de reducir el funcionamiento presencial de su institución a fin de proteger la salud tanto de la población, como de los funcionarios y servidores públicos".

En el caso de aquellas tareas que deben realizarse en forma presencial, el instructivo de Hacienda e Interior señala que el respectivo servicio para garantizar la continuidad del cumplimiento de sus funciones y la prestación de los servicios básicos a la ciudadanía "deberá diseñar un plan de contingencia con turnos u otras medidas para garantizar la entrega de los servicios indispensables para el bienestar de la comunidad, evitando siempre las aglomeraciones como foco de potencial contagio por Covid-19".

Fomentar el uso de la atención no presencial es otra de las instrucciones contenida en el documento.

Sobre eso, la circular sostiene que "en aquellos casos en que sea factible, los servicios públicos propenderán a la atención no presencial de la ciudadanía. Para estos efectos, deberán informar las formas y procedimientos de atención y entrega de sus servicios, tanto en el sitio web institucional así como en sus respectivas plataformas digitales".

Lo más leído