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Corte rechaza reclamación por servicios mínimos presentada por Farmacias Ahumada

En fallo unánime, el tribunal confirmó el fallo del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago que estableció los servicios mínimos en el caso de la cadena.

Por: Diario Financiero Online | Publicado: Lunes 19 de noviembre de 2018 a las 18:34 hrs.
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de reclamación presentado por una cadena de farmacias en contra de la decisión de la Dirección del Trabajo que calificó los servicios mínimos en caso de huelga.

En fallo unánime, la Novena Sala del tribunal de alzada confirmó el fallo del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago que estableció los servicios mínimos en el caso de Farmacias Ahumada.

El tribunal de alzada descartó infracción de ley en la sentencia de primera instancia. "Que, se debe resaltar que la evaluación judicial en relación a la calificación de los servicios mínimos, es concretada para medir la proporcionalidad de la restricción al derecho de huelga, considerándose al efecto si el peligro de daño (a la salud pública) se evita con los servicios mínimos, o si existe otra forma de evitarlo, o si el peligro de daño tiene la fuerza para justificar tal restricción", dice el fallo.

Añade que "concordante, es dable argumentar que no se persigue que la empresa continúe en sus labores habituales, sino limitar justificadamente el derecho a huelga que, en el caso actual, se traduce por razones de salud pública que se encuentra debidamente analizada con motivo de la resolución base actual del recurso. Existe entonces una relación en el juicio de proporcionalidad en tanto resuelve la procedencia del servicio mínimo y la afectación que produce la huelga en sí".

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