Cartas

Bienes de consumo: vida útil y obsolescencia programada

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Señora Directora:

Conocer la vida útil de los bienes que adquirimos es importante para fomentar el consumo responsable y sostenible, pues permite a los consumidores con dicha información preferir aquellos productos que ofrezcan una mayor vida y cuidar así no solo nuestro bolsillo, sino que también de nuestro entorno y medioambiente.

Pero, además, resulta fundamental para identificar aquellos productos de obsolescencia programada, es decir, aquellos casos diseñados deliberadamente para tener un tiempo de vida específico.

En este sentido, la Ley Pro Consumidor en su artículo 1º Nº 3 establece para todas las empresas que comercialicen bienes durables la obligación de informar su vida útil en condiciones normales de uso y el plazo durante el cual dispondrán de repuestos y servicio técnico. Por lo tanto, cualquier bien que tenga la característica de durable, como los productos de telefonía y de tecnología en general, deben incluir esta información.

Esta normativa puede tener gran impacto si la autoridad competente fiscaliza su cumplimiento. Esto, en dos sentidos: para el consumidor, pues le permitirá tomar una decisión de compra de mayor valor, adquiriendo bienes que tengan una vida útil razonable y así evitar sorpresas; y para los proveedores, pues el incumplimiento puede dar lugar a fuertes sanciones económicas, que pueden llegar a multas de hasta 1.500 UTM en caso de publicidad falsa o engañosa.

Sebastián Bozzo Hauri

Director de Autonomía Financiera, U. Autónoma de Chile

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