Nueva normativa de la CMF
Señor Director:
Recientemente entró en vigencia la nueva norma que exige la doble autenticación en transferencias digitales (Norma de Carácter General N° 538 CMF). Si bien es una medida valorable, lo cierto es que es relevante preguntarse si con este cambio disminuirán los fraudes que sufren los usuarios.
La normativa vigente obliga a los proveedores financieros a proporcionar toda la información necesaria sobre las medidas de seguridad y las instrucciones de uso seguro de los medios de pago. La evidencia da cuenta que los proveedores financieros sí cumplen de manera robusta este deber, de distintas formas. En tanto, la regulación actual también obliga a los consumidores a estar informados y adoptar las medidas necesarias para prevenir el uso indebido del fraude, adoptando las herramientas
de autenticación respectivas. La Ley de Protección al Consumidor les impone el deber de evitar los riesgos que puedan afectarles. Pero ¿los usuarios cumplen con su deber de informarse y auto cuidarse?
La evidencia disponible da cuenta de los descuidos de los usuarios. Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) sistematizó 10 mil reclamos presentados al organismo con relación a fraudes en años recientes. Un número relevante se debe al vishing (en que el ciberdelincuente se hace pasar por una institución legítima). Ante este escenario, urge que la autoridad pueda generar cambios relevantes con el fin de lograr un cambio de conducta en los usuarios. La piedra en el zapato está ahí.
JAIME LORENZINI
DOCTOR EN DERECHO Y PROFESOR DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE
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