Cartas

¿Quién investiga los delitos informáticos?

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Señora Directora:

Hace más de un mes fue modificada la Ley 20.009, con el objetivo de resguardar los derechos de los clientes y estableciendo un régimen de limitación de la responsabilidad para los titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas, en casos de extravío, hurto, robo o fraude. Se invirtió la carga probatoria en favor de los clientes y se generaron nuevas obligaciones para las instituciones reguladas por la ley, en especial, para la banca.

Dentro de estas obligaciones, quizás la más relevante sea que cuando un cliente denuncia un fraude de hasta 35 UF, el banco tiene un plazo de sólo cinco días hábiles para investigar si la denuncia es legítima y presentar una demanda en los Juzgados de Policía Local, en caso contrario, la institución financiera deberá reembolsar el dinero defraudado al cliente.

En Chile pocos investigadores privados pueden realizar este tipo de indagaciones dentro de los plazos establecidos por el legislador. En el caso de que se masifiquen las investigaciones y se amplíen a todo el territorio nacional, la labor implicará un importante desafío logístico y organizacional. De ahí la importancia de registrar y analizar constantemente todas las conductas sospechosas a fin de establecer modelos predictivos de comportamiento con inteligencia artificial que permitan facilitar el trabajo de los investigadores y abogados en esta materia.

Matias Moya

Gerente Legal Fiscalía Privada

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