Finanzas Personales

CDE: rebaja de multa en caso Cascada equivale a ponerle una "tarifa" al fraude

El controlador de las sociedades aguas arriba de SQM fue multado por la SVS con US$ 66 millones en septiembre de 2014.

Por: Felipe Brión Cea | Publicado: Viernes 2 de diciembre de 2016 a las 04:00 hrs.
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Luego de que el Tribunal Constitucional (TC) declarara admisible el recurso presentado por Julio Ponce Lerou para rebajar la multa interpuesta por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en marco del caso Cascadas, la entidad dio 20 días a las partes para presentar sus reparos, y el regulador ya lo hizo.

El Consejo de Defensa del Estado (CDE) , que representa a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en este proceso, pidió negar todas las partes del requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por el controlador de las sociedades Cascadas.

Entre los argumentos de la abogada Irma Soto, del CDE, está que cambiar la multa interpuesta por el regulador, que en este caso llegó a UF 1,7 millones (unos US$ 66 millones) y rebajarla en UF 15 mil (unos US$ 580 mil) –tal como ya lo hizo el TC con Roberto Guzmán Lyon- “genera y produce vulnerabilidad serias y graves en el funcionamiento del mercado de valores”.

Asegura que si bien la Superintendencia podrá seguir sancionando, el fallo permitirá que los sancionados puedan a ir a reclamar ante el Tribunal Constitucional, algo que ya está ocurriendo, ya que además de Guzmán Lyon, están también en la instancia los ejecutivos de la corredora de bolsa de LarrainVial multados por el mismo caso (Manuel Bulnes y Felipe Errázuriz).

“La consecuencia de ello es que cualquier persona que pretenda obtener ingresos ilegítimos en el mercado de valores, sea mediante el uso de información privilegiada, ejecución de operaciones ficticias, manipulación de precios, entre otros mecanismos fraudulentos o formas de abuso de mercado, sabrá de antemano cuál es el precio que tendrá que pagar en caso que sea detectado por el regulador”, comentó la abogada en el escrito presentado hace unos días en el tribunal.

Añadió que con esto, para que el fraude “sea rentable” y se justifique cometer el ilícito “bastará con que las ganancias sean superiores a UF 15 mil (...) cuestión sencilla si consideramos que no existe monto máximo para el mercado de valores”.

De este modo, agrega, la multa más que tener un rol preventivo se transforma en una “tarifa” que las personas incluirán al momento de efectuar un fraude, “lo cual claramente resulta contrario al interés general”.

Teniendo en cuenta que se sabe cuánto costará cometer la infracción es que la abogada indica que, por ejemplo, en el Reino Unido existe un pool de sanciones con las que cuenta el regulador, siendo esta flexibilidad “la única herramienta idónea para disuadir la ejecución de operaciones fraudulentas, tal como lo advierte el voto de minoría del Caso Guzmán en su considerando 61°”, explicó en su escrito.

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