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Cartas

Ley de protección del empleo... ¿o de las empresas?

Por: Equipo DF

Publicado: Martes 28 de abril de 2020 a las 04:00 hrs.

Señora Directora:

Hace algunos días la ministra María José Zaldívar declaró que "una empresa que no está viendo afectados sus ingresos, no corresponde que se acoja a la ley"; si bien son buenas intenciones, desde el punto de vista legal y práctico su postura no refleja el sentido de la norma que el mismo Gobierno promueve y defiende.

Los requisitos para acogerse a la suspensión de los contratos de trabajo en cuarentena son totalmente genéricos y en ningún caso se pide que la empresa deje de tener ingresos o cuantifique sus pérdidas, lo que quiere decir que cualquier empresa si quiere puede acogerse con facilidad a la Ley sin tener que dar ninguna explicación y olvidando por completo- como hemos visto en algunos casos- su ética social empresarial.

En tiempos en que la sociedad demanda a que llamemos las ideas y proyectos por su nombre, sería adecuado entonces bautizar la denominada Ley de Protección al Empleo como lo que realmente es: una ley de protección a las empresas, puesto que de su simple lectura se puede concluir que el objeto de la misma es que las empresas reduzcan sus gastos a costa de los contratos de trabajo vigentes.

Diego Campos León

Abogado laboral y socio de DDE Legal

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