Ventanas transitorias en la megarreforma
Señor Director:
Tras el despacho de la Ley de Reconstrucción Nacional es necesario reflexionar sobre su implementación y acciones futuras. Si bien la arquitectura de la megarreforma está definida, más allá de sus ejes permanentes, la acción del próximo año está en los transitorios: donaciones e impuestos sustitutos, los cuales, de cierta manera, revelan un problema de fondo.
El verdadero campo de juego del próximo año son las ventanas transitorias, porque casi todas corren desde la publicación de la ley y se cierran en plazos breves. La primera es la rebaja del 50% al impuesto a las donaciones (artículo primero transitorio), la oportunidad de planificación patrimonial más relevante en años.
Por otro lado, vienen los impuestos sustitutivos. El primero es el régimen de declaración de bienes y rentas en el extranjero (artículo tercero transitorio): un impuesto único y sustitutivo del 10%, que baja al 7% si el contribuyente ingresa efectivamente los activos al país —dentro de un máximo de tres años— y los mantiene invertidos en Chile.
Cabe destacar, que esta es la sexta reforma tributaria de magnitud en doce años. En ese contexto, el elemento más elocuente de la megarreforma no es ninguno de sus transitorios, sino su régimen de invariabilidad tributaria para grandes inversiones.
Con todo, se deben aprovechar las ventanas; pero sin dejar de exigir, como país, la única franquicia que de verdad mueve la inversión: saber que las reglas seguirán ahí mañana.
César Gárate
socio de Asesorías y Consultorías Baker