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DF Tax | Impuestos al patrimonio y de salida: ¿corralito chileno?

Arturo Garnham, socio de Garnham Abogados.

Por: Arturo Garnham | Publicado: Jueves 11 de agosto de 2022 a las 04:00 hrs.
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Arturo Garnham

El proyecto de reforma tributaria del gobierno contempla múltiples alzas de impuestos. Sin embargo, es probable que la más ajena a nuestra idiosincrasia sea el impuesto al patrimonio.

Esta ambiciosa propuesta busca determinar el “valor económico” de los activos afectos a este impuesto. Para ello, introduce múltiples reglas de valorización e incluso, en el caso que el contribuyente que se ajuste de buena fe a ellas puede verse enfrentado a un cuestionamiento fiscal posterior, si la autoridad estima que su “valor de mercado” es mayor.

“El impuesto al patrimonio ha demostrado malos resultados en otros países como Francia, Suecia y Austria, pues es sabido que el ser humano se mueve en base a incentivos y que aquellos económicos son muy potentes. Pareciera que los autores de este proyecto (de reforma tributaria) se olvidan de ello y estiman que la riqueza es estática”.

Por otra parte, la norma es restrictiva respecto a la determinación de los pasivos, pues no permite computar las deudas con entidades relacionadas y solo las admite si están asociadas a los activos reportados, lo que conlleva a que en muchos casos el contribuyente vaya a tener que pagar sobre un patrimonio mayor al real. Asimismo, respecto de los fideicomisos o “trusts” el proyecto ordena incluir los activos “en la proporción que corresponda”, a pesar de que tal proporción en muchos casos legalmente no existe, ya que estas estructuras fiduciarias funcionan bajo lógicas distintas a las entidades a las que usualmente utilizamos en Chile.

El impuesto al patrimonio se pretende aplicar anualmente sobre los patrimonios que excedan de las UTA 6.000 (cerca de US$ 4,5 millones), contemplando una tasa del 1% por el exceso sobre ese monto y del 1,8% por el exceso sobre UTA 18.000. Como se trata de un impuesto aplicado a las personas naturales residentes en Chile, el afectado por la tasa máxima deberá retirar utilidades por algo más del 2,3% de su patrimonio. El 22% de esa suma deberá destinarse a pagar el nuevo “Impuesto a las Rentas del Capital”, quedando un saldo de 1,8% para el pago de este impuesto al patrimonio. En definitiva, se trata de un costo anual superior al 2,3%.

Este impuesto se suma además al impuesto que afecta a las herencias y a las donaciones, que se aplica en el contexto de los altos patrimonios con tasas de entre 25% y 35%, al impuesto territorial y a la patente comercial, impuestos que también tienen base patrimonial.

Por otro lado, se crea el impuesto de salida, un nuevo impuesto de 5% aplicado a quienes se vayan de Chile (el que, sumado al Impuesto a la Rentas del Capital asociado, sube a 6,4%). Esto podría constituir una especie de corralito que conlleva el riesgo de acelerar la salida de personas de alto patrimonio que aún no han tomado esa decisión (a diferencia de los 43 ya informados recientemente por el SII).

El impuesto al patrimonio ha demostrado malos resultados en otros países, como Francia, Suecia y Austria, pues es sabido que el ser humano se mueve en base a incentivos y que aquellos económicos son muy potentes. Pareciera que los autores de este proyecto se olvidan de ello y estiman que la riqueza es estática, por lo que lo único que importaría es cómo se distribuye. La otra alternativa es que estimen que la riqueza es perversa, en cuyo caso el 1,8% sería sólo un primer paso.

Sin mayor claridad conceptual por parte de nuestras autoridades, no será posible reestablecer las confianzas que permitan generar riqueza suficiente para financiar las urgentes necesidades de nuestra población. La pobreza, aunque sea igualitaria, no da salud, vivienda ni educación.

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