Dirección del Trabajo publica estudios clave para calificación de servicios mínimos
La DT publicó ayer seis de los 19 textos que encargó hace algunos meses. Aún quedan pendientes los informes relacionados a los sectores de explotación minera y la agricultura.
Por: Karen Peña
Publicado: Viernes 30 de junio de 2017 a las 10:10 hrs.
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Tras el tortuoso camino que significó para la Dirección del Trabajo (DT) la licitación de los estudios sectoriales para establecer los servicios mínimos de una empresa ante la prohibición del reemplazo en huelga, la DT publicó ayer seis de los 19 textos que encargó hace algunos meses para lograr su cometido.
Los primeros estudios que dio a conocer la autoridad corresponden a los sectores de enseñanza, actividades financieras y de seguros; información y comunicaciones; actividades artísticas, de entretenimiento y recreativas; actividades inmobiliarias; y otros servicios.
Los informes (valorados en $ 800 millones) superan las 300 páginas cada uno y son eminentemente técnicos. Por ejemplo, el de actividades financieras y de seguros, se caracteriza la fuerza laboral del sector, las tendencias de accidentabilidad y sindicalización, además de la demanda relativa georreferenciada que tienen las oficinas de la DT.
Asimismo, de acuerdo al análisis de los procesos productivos centrales de cada subclase económica del sector, se describen las actividades principales, procesos de apoyo, fases, equipamiento, así como también una descripción de los actores involucrados, clasificación técnica del recurso humano involucrado en los procesos y las normativas legales.
Este último tiene gran relevancia considerando los estándares que han difundido entidades como la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) sobre esta materia y el proceso de servicios mínimos que están llevando a cabo instituciones como Banco Estado que tiene contemplada su negociación colectiva en octubre.
De esta forma, se cumple parcialmente la meta de la DT, ya que restan otros 13 informes técnicos por evacuar, aun cuando se esperaba que estuviesen concluidos con la entrada en vigencia de la reforma laboral el pasado 1 de abril.
Los otros informes que deberían entregarse en los próximos días son los relacionados a los sectores de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca; explotación de minas y canteras; industrias manufactureras no metálicas, industrias manufactureras mecánicas; construcción; comercio; transporte y almacenamiento; suministro de agua; entre otros.
Se fija arancel de árbitros laborales 2017
Teniendo en cuenta el Reglamento de Arbitraje Laboral difundido hace algunos meses, ayer la DT también fijó el arancel de los árbitros, en el marco de la reforma laboral.
Así, para el año 2017, como arancel máximo que pueden percibir los árbitros laborales inscritos en el Registro Nacional de Árbitros Laborales, percibirán una suma de 60 UF si se trata de empresas de hasta 49 trabajadores (micro y pequeña empresa).
En organizaciones de entre 50 a 199 trabajadores (mediana empresa) la suma llegará a 75 UF. Y, finalmente, en compañías de 200 trabajadores o más (gran empresa) el valor alcanzará las 90 UF.
El arbitraje laboral es una instancia en que las partes participantes de la negociación colectiva pueden resolver el término de la negociación en curso sometiendo la decisión a un tribunal arbitral como un actor imparcial. Este arbitraje puede ser de carácter voluntario u obligatorio.
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