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Crece ofensiva legal de las isapres: Banmédica y Vida Tres interpusieron recursos de aclaración ante la Suprema por fallo de primas GES

Ambas aseguradoras se sumaron a las acciones tras el dictamen, pero con una estrategia legal diferente a la seguida por Cruz Blanca, Colmena y Consalud, que buscan la nulidad de la sentencia.

Por: Jorge Isla | Publicado: Jueves 24 de agosto de 2023 a las 09:28 hrs.
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Foto: Julio Castro
Foto: Julio Castro

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Crece la ofensiva legal de las isapres contra la sentencia de la Corte Suprema por el alza de las primas GES. Tanto Banmédica como Vida Tres decidieron interponer recursos de aclaración, rectificación o enmienda ante la Tercera Sala del máximo tribunal que, en lo central, apuntan a aclarar algunos considerandos del fallo, fundado en lo que éstas consideran como aspectos que no son concordantes, o incorrectos, con la información presentada durante la tramitación de las causas.

En esta línea, Banmédica y Vida Tres piden a la Corte que rectifique lo resolutivo de dichas sentencias, argumentando diversos antecedentes e informes técnicos presentados que justifican el precio de la prima GES que comenzaron a aplicar en octubre pasado para el periodo 2022-2025.  

Asimismo, solicitan que se instruya dejar sin efecto el alza en la prima GES aplicada a toda la cartera de afiliados y se radique sólo en quienes presentaron recursos de protección, para lo cual piden aclarar cómo se compatibiliza el efecto general del fallo con la jurisprudencia de la propia Corte Suprema que indica que el recurso de protección no es una acción de carácter popular.

"El acto recurrido no es uno que corresponda a la administración, sino una decisión de nuestra representada, o sea, el acto de un privado. De ahí que resulte especialmente necesario conciliar las consideraciones que se han referido precedentemente, con aquellas que ha expuesto este Excmo. Tribunal en orden a que la acción o recurso de protección de garantías constitucionales no tiene el carácter de acción popular (ni puede, por tanto, adquirirlo en los hechos)", detalla el recurso interpuesto por los abogados Juan Carlos Manríquez y Germán Concha. 

Sobre esta base, añade, “esta parte solicita a S.S. Excma. que se aclare, rectifique o enmiende la sentencia de autos en el sentido que la aplicación alcanza sólo a aquellos afiliados de nuestra representada que dedujeron recurso de protección en tiempo y forma en contra del precio determinado por Isapre Banmédica S.A., para la Cobertura GES 2022-2025".

De esta manera, ya son cinco las isapres que han adoptado acciones tras el fallo dictado el 10 de agosto pasado. Sin embargo, Banmédica e Isapre Vida Tres (que pertenecen al mismo holding) tomaron un camino distinto al seguido por Cruz Blanca, Colmena y Consalud para buscar la nulidad de la sentencia. Esta última, además, presentó este martes un incidente de recusación contra los cinco ministros que integran la Tercera Sala de la Corte Suprema -Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Jean Pierre Matus- buscando que se inhabiliten de resolver en relación al incidente de nulidad.

Los puntos del recurso

Entre sus argumentos, ambas isapres indican que el fallo no reconoció el esfuerzo que realizaron por mantener sus precios GES dentro de los más bajos del mercado.

“Nuestra representada ha hecho permanentes esfuerzos de eficiencia en muestra de su también permanente compromiso con sus afiliados, para determinar los precios de la Cobertura GES más bajos técnicamente posibles, encontrándose su prima GES dentro de las más bajas entre las Isapre. De ahí que resulte especialmente justificado acceder a las peticiones planteadas, para evitar que, en los hechos, se desconozcan los esfuerzos realizados por nuestra representada en el sentido antes indicado, e incluso ella resulte injustamente perjudicada”, se indica en el recurso.

Adicionalmente, sostienen que las alzas que aplicaron en sus primas GES no son arbitrarias, por cuanto durante el proceso entregaron antecedentes técnicos que así lo justifican en materias como la naturaleza de la cartera de beneficiarios y red de prestadores, ítems que la Corte reconoce como factores que deben considerarse en el precio.

“En este acto, venimos en solicitar a S.S. Excma., que al resolver las peticiones contenidas en esta presentación se tenga especialmente presente que nuestra representada ha acompañado y producido en este proceso prueba completa y suficiente respecto de las circunstancias y antecedentes, específicas y concretas, referidas a su situación en relación con la Cobertura GES para el período 2022-2025, de los costos y efectos económicos que ella supone, y del modo en que ha procedido a la determinación del respectivo precio, la que no fue descartada por la sentencia de autos”, detalla el escrito.

 

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